Uno de los puntos más polémicos de la Ley Trans de Igualdad es la libre autodeterminación de género sin presentar informe médico o psicológico. ¿Qué cambia y qué no? Marina Sáenz, catedrática de Derecho y activista, ha respondido en El Objetivo: "Cambia en que nosotras podemos acceder al cambio de papeles sin necesidad de informes médicos. Nos ahorramos una transición de tres años en los que tenemos una vida y una documentación que no se corresponde y pasamos a un periodo de transición legal más corto".
Sin embargo, ha subrayado que "para la tranquilidad de los que están en casa, se va a seguir teniendo el mismo DNI". "Lo único que cambia es la posibilidad de que se elimine la mención al género en el DNI si se pide, pero en el registro sigue. Por defecto se mantendrá, pero si se quiere, se eliminará, para facilitar la no presión social de aquellas personas que se identifican como no hombres, ni mujeres, como personas no binarias", ha explicado.
Ante estas palabras, Soledad Murillo, profesora de Sociología en la Universidad de Salamanca y exsecretaria de Igualdad, ha dicho que "un tema a mejorar en la ley es que los menores puedan cambiar su nombre sin necesidad de cambiar el registro". "El denominarnos sujetos no binarios es un problema porque cuando hablamos de mujeres no es que queramos glosar lo que significa una mujer, sino que 300 años de lucha feminista no pueden responder a un dimorfismo sexual", ha manifestado.
Otros de los puntos más polémicos son el hecho de que la nueva normativa permitiría que pudieran cambiar el sexo sin autorización de sus padres los mayores de 16 años y en lo referente al deporte, ya que la nueva Ley Trans especifica que no se podrá realizar a los participantes pruebas de verificación de sexo.