Javier Guzmán / @javierguro
La portavoz socialista en el Congreso de los Diputados, Margarita Robles, ha defendido la postura de su grupo parlamentario durante su turno en la sesión de este viernes, durante la moción de censura al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. Robles ha incluido en su exposición un fragmento de la sentencia de la causa central del caso Gürtel: “Había un claro posicionamiento de hechos probados que no se revisa en casación, en el que se decía claramente que el presidente del Gobierno, en su declaración ante los tribunales, había faltado a la verdad, que no tenía credibilidad. Y eso lo había dicho también el Ministerio Fiscal”.
La sesión plenaria continuó con la intervención del portavoz popular, Rafael Hernando, quien afeó esta parte de la intervención de la socialista: “Le digo a la señora Robles que no mienta. A lo que usted se ha referido no está en los hechos probados, señoría. Solo está en los fundamentos de derecho. No está en las páginas a las que se ha referido. No mienta, que usted es jueza”.
¿Quién tiene razón? En primer lugar hay que señalar que Rafael Hernando DICE LA VERDAD al señalar que la parte de la sentencia que destaca Margarita Robles no figura en los “hechos probados”, como indica la socialista, sino en los “fundamentos de derecho”. ¿Qué diferencia hay? Los hechos probados son aquellas cuestiones en las que los magistrados coinciden en que sí ocurrieron. Los fundamentos de derecho son razonamientos sobre los que los jueces erigen el fallo. Los primeros no son revisables en casación a instancias superiores –como indica la portavoz socialista–, mientras que los segundos sí.
Hemos consultado a expertos en Derecho Penal que explican que, pese a que Hernando tiene razón, su argumento no cambia en nada lo que pretende explicar la diputada Robles: los jueces sí ponen en entredicho la credibilidad de Rajoy. ¿Puede ser revisado este punto en instancias superiores? Sí, pero las fuentes consultadas nos indican que los fundamentos de derecho son revisables en casación siempre que fueran “absurdos” y afectaran directamente a la condena o absolución de los procesados. No es el caso.
Por todos estos motivos podemos afirmar que Margarita Robles dice una MEDIA VERDAD, pese al error de indicar que esa parte de la sentencia pertenece a los hechos probados. Por otro lado, Rafael Hernando está en lo cierto en su intervención, pero eso no cambia lo que sostiene Robles: que los jueces y el ministerio fiscal consideran que el testimonio del presidente del Gobierno no es “lo suficientemente creíble”.
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