INTERNET
¿Cuál es la diferencia entre la firma digital y la firma electrónica?
Aunque parece lo mismo no lo es, así sabrás que implica su uso
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La transformación digital es una realidad para muchas empresas y organismos públicos. Muchos de los trámites con la administración podemos realizarlos a través de sus sedes electrónicas, pero para ello debemos cumplir una serie de requisitos entre los que se incluye la firma electrónica.
Firma electrónica y firma digital, en que se diferencian
Sobre ha todo la sido la pandemia la que ha hecho que muchas empresas lleven a cabo su transformación digital y permitan realizar una gran variedad de trámites a través de Internet de forma segura. Y son muchos millones las que han usado alguna vez la firma digital en sus comunicaciones. Pero muchos usuarios se preguntan cual es la diferencia entre firma digital y firma electrónica. Porque, aunque por su nombre podamos caer en el error de que se trata de lo mismo, la realidad es otra. Te contamos que diferencias hay entre ambas.
Son muchas las empresas como Panda Security las que a diario trabajan creando productos de seguridad, los cuales están dirigidos a la prestación de servicios de ciberseguridad avanzada para la prevención del cibercrimen y desde la que nos apuntan que “Lo interesante es que es un sistema que se basa en la autenticación de usuarios, y es escalable para poder verificar que realmente la persona firmante es quien dice ser. Es como una cebolla, tiene cantidad de capas de seguridad” como bien indica Hervé Lambert Global Consumer Operations Manager de Panda Security.
Comenzaremos con la premisa básica, todas las firmas digitales con electrónicas, pero por al contrario no sucede lo mismo, no son digitales todas las electrónicas, aclararemos esto. Cuando hablamos de firma electrónica, nos referimos a la naturaleza legal, cuya función es la voluntad del abajo firmante de dar fe de la autenticidad. Estas contienen información relativa a la fecha y la hora en que se llevo a cabo una determinada acción en formato electrónica. Esto puede ser, por ejemplo, la firma del contrato aceptando las condiciones por la prestación de un servicio que nos envía una compañía a través de correo electrónico. Donde nos acreditaremos y pulsaremos en firma electrónica para que quede registrado. Un proceso rápido y sencillo con el que nos evitamos tener que imprimir, firmar y volver a digitalizar para enviarlo de nuevo por correo electrónico. Este tipo de firma están reguladas por el Reglamento ioDAS, inscrito en el marco legal europeo.
Al otro lado, encontramos la firma digital, esta en realidad es un mecanismo basado en la criptografía. Se crea un Hash o algoritmo matemático utilizado en la criptografía, con el cual firmamos diferentes documentos dando fe de la autenticidad de los mismo. En este caso los únicos que pueden tener acceso a la información contenida en dicha firma es la parte receptora. Que son los poseedores de la clave de descifrado siendo totalmente seguro. Este sistema desde hace tiempo está implantado en la administración pública y muchos de sus trámites requieren la utilización de este sistema para dar validez a los documentos que les hacemos llegar.
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