VEHÍCULOS
Qué documentación es obligatoria para viajar en autocaravana por España y el extranjero
Te explicamos todo lo necesario que debes saber para pasar las mejores vacaciones en autocaravana, tan de moda últimamente.
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Con la llegada del verano, cada vez son más las familias que deciden pasar sus vacaciones planeando espectaculares viajes en autocaravana, una opción ideal para aquellos a los que les guste disfrutar de un buen recorrido en carretera visitando diferentes sitios y ciudades de la región que se tenga marcada como destino. Mucha gente se ha lanzado ya a esta aventura, pero cuidado, porque antes de comenzar nuestro viaje debemos conocer bien una serie de normativas, documentos a portar y además, te daremos algunos consejos que nos serán de ayuda para tener todo en regla y asegurarnos de no infringir ninguna norma.
El tipo de vehículo
Las caravanas no tienen motor y necesitan ser remolcadas por otro vehículo. Pueden dejarlas estacionadas en un camping y utilizar el vehículo propulsor de forma independiente.
Una camper, en el caso de que se prepare su interior para que se pueda utilizar como una autocaravana estaría bien, pero este tipo de vehículos no están diseñados para ello al tratarse de una furgoneta más pequeña.
La autocaravana, sin embargo, sí que está diseñada para poder vivir en el interior, además de ser un vehículo con motor. Puede estacionarse en cualquier lugar y las hay de muchos modelos, desde las más equipadas en el interior a las más voluminosas y caras.
Una vez vistos los tipos, debemos elegir cuál de ellos nos conviene más para el tipo de viaje que tenemos en mente hacer y si ya lo tenemos claro, pasemos a hablar de la documentación necesaria.
La documentación del vehículo
La propia Dirección General de Tráfico confirma que existen un total de tres documentos que debemos llevar en todo momento del viaje de manera obligatoria. El primero y el más importante y obvio es el permiso de conducir, si el vehículo no superara las 3,5 toneladas, nos sería suficiente el permiso de conducir turismos B. Otro documento obligatorio sería el permiso de circulación del vehículo junto con la ITV según el tipo de vehículo: con las caravanas que superen los 750 kilos, 6 años para la primera inspección y cada 2 a partir de entonces. Para las más ligeras, según la DGT, bastará con llevarlo en el lugar indicado y bien visible en la parte posterior de la matrícula del coche que la remolque.
El último documento importante es la carta verde, la cual acredita la disposición de un seguro obligatorio que cubre los daños que podamos provocar a terceros. Es emitida por la propia compañía de seguros que tengamos contratada.
Documentación en el extranjero
Debemos tener en cuenta los posibles cambios que haya en cada región con respecto a las normativas y las documentaciones necesarias e informarnos de si podríamos necesitar en ese caso el Permiso Internacional. En principio no sería necesario realizar ningún trámite si se va a viajar dentro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
Por último, debemos recordarte que mantengas todas las precauciones posibles al volante, respetando las normas de tráfico y solo nos queda desearte un buen viaje.
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