El Tribunal Constitucional denuncia la falta de proactividad de la Administración Penitenciaria a la hora investigar el alud de denuncias por malos tratos o torturas que, a diario, presentan los presos y presas de las distintas cárceles españolas.
El magno Tribunal pone el dedo en la llaga a partir de una denuncia presentada por un preso de la cárcel de Estremera que denunció, infructuosamente, haber sido víctima de torturas por parte de tres funcionarios de la prisión.
Los hechos denunciados se remontan al mes de mayo de 2018, cuando del interno, Gustavo Cachcovsky Nin, que se encontraba en una celda de aislamiento, fue "visitado" por tres funcionarios que le "revolvieron el habitáculo y le golpearon".
Nula investigación
Se da la circunstancia de que en el transcurso de la paliza, el interno se desembarazó de sus agresores para colocarse delante de una cámara de seguridad que evidenciase el atropello que estaba sufriendo. El preso no pudo utilizar estas imágenes en su defensa porque la dirección de la cárcel las borró.
"Ante la extendida práctica de archivar de manera prematura dichas denuncias o no llevar a cabo las diligencias de investigación suficientes por parte de los juzgados", la Sala Segunda del Tribunal Constitucional dictó el pasado mes de febrero esta contundente sentencia sobre la manera en la que se deben investigar las denuncias y los partes presentados por los reclusos sobre el trato degradante que sufren.
Reapertura del caso
El caso que ha dado origen a esta sentencia fue investigado por un juzgado de instrucción de Arganda que lo archivó. El archivo fue ratificado más tarde por la Audiencia Provincial de Madrid y ahora el Constitucional ordena que se reabra el caso y se investigue como es debido. "La decisión judicial de archivar las diligencias penales abiertas como consecuencia de la denuncia del preso no fue conforme a las exigencias mínimas que marca la ley ya que la investigación judicial no alcanza la suficiencia y efectividad exigida por la jurisprudencia constitucional".
El magno Tribunal Constitucional señala explícitamente una "posible resistencia de la Administración Penitenciaria en el esclarecimiento de los hechos", razón por la que, según la sentencia, el juzgado debería haber investigado con más pro actividad y garantías y no lo hizo. Una práctica que según el Constitucional parece la habitual en la red penitenciaria española lo que supone "un atentado contra la igualdad de todas las personas, sean presos o no, ante la ley".