Ya conocemos los resultados del Sorteo Extraordinario de Lotería Nacional de Septiembre organizada por Loterías y Apuestas del Estado, un juego en el que el mayor premio a ganar era de 150.000 euros a los décimos que acertaran el número ganador, entre otros.
Existen varias vías disponibles para que los jugadores agraciados puedan acudir a reclamar su dinero. Éstas dependen tanto del modo en que se compra el décimo como de la cantidad ganada en el sorteo. Los jugadores que hayan comprado su participación a través de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado pueden reclamar el dinero en cualquier punto de venta siempre que la cantidad ganada no supere los 2.000 euros.
Si el premio es mayor de 2.000 euros, el propietario del décimo ganador debe realizar la reclamación a través de una entidad bancaria autorizada. Los bancos que colaboran con Loterías y Apuestas del Estado son las siguientes:
- Abanca Corporación Bancaria
- Banco Sabadell
- BBK
- BBVA
- CaixaBank Bankia
- Cajamar Caja Rural
- Ibercaja Banco
- Kutxabank
- Unicaja Banco
En caso de haber comprado el décimo en la web o la app de Loterías y Apuestas del Estado, el dinero se ingresa directamente en la cuenta virtual de la Lotobolsa, necesaria para realizar la transacción en línea. Esto ocurre de manera automática si el premio es inferior a 2.000 euros. Si fuera superior, es preciso pasar una verificación de datos personales previa.
Los jugadores deben recordar que para cobrar el premio es necesario que el décimo se encuentre en buenas condiciones en el momento de presentarlo. No puede estar deteriorado, roto o estropeado de manera que el número sea ilegible.
¿Qué parte se queda Hacienda del premio?
En el Sorteo Extraordinario de Lotería Nacional de Septiembre solo uno de los premios está obligado a tributar a Hacienda: el primero, por superar el límite de 40.000 euros. De los 150.000 euros al décimo ganador, se retienen 22.000 euros que van a parar a la Agencia Tributaria. Por tanto, los ganadores reciben 128.000 euros.
El siguiente premio en valor asciende a 30.000 euros, por lo que éste y el resto de los premios no tendrán que tributar, al encontrarse por debajo del límite de 40.000 euros. Las cantidades establecidas por Loterías y Apuestas del Estado se cobran íntegramente.