El parabrisas, al igual que el resto de cristales de un vehículo, cumple la función principal de proporcionar una correcta visibilidad al volante, especialmente para el conductor, pero cada vez más para los sistemas de seguridad y asistentes a la conducción, cuyos sensores suelen estar ubicados en la parte superior central junto al espejo retrovisor interior.
El Reglamento General de Circulación deja claro que la superficie acristalada de un vehículo deberá permitir siempre la visibilidad diáfana del conductor, y es que un parabrisas roto o con cualquier elemento que entorpezca la visión a través de él aumenta el riesgo de sufrir un accidente. Por ello, si se incumple esta norma, es posible recibir una multa económica. VER VÍDEO.
Circular con el parabrisas o cualquiera de los cristales con daños o roturas, con una capa de suciedad o de hielo, con láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados, e incluso con un soporte para teléfono móvil en una zona que dificulte la correcta visibilidad, es motivo de una sanciónde 200 € sin pérdida de puntos. Además, en estos casos los agentes de tráfico podrán inmovilizar el vehículo si consideran que presenta deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial.
Utilizar lunas tintadas no homologadas, o llevar las ventanillas delanteras tintadas también acarrea una sanción de 200 €, salvo que, para esto último, se disponga de un certificado médico por sufrir una enfermedad sensible a los rayos ultravioletas del sol como el lupus, o que el coche sea un vehículo oficial o de usuarios protegidos. Además, también se puede recibir una multa de 80 € por llevar las escobillas de los limpiaparabrisas gastadas, y los agentes de tráfico podrán inmovilizar nuestro vehículo si los limpiaparabrisas no funcionan correctamente y en ese momento es necesario su uso.