El Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid ha corregido la sentencia por la que condenó a Jaime Botín a 18 meses de prisión y una multa de 52,4 millones de euros por un delito de contrabando de un Picasso y ha elevado la condena a tres años de cárcel y 91,7 millones de multa.
La jueza ha dictado un auto aclaratorio a petición de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en el que explica que la pena debe imponerse en su mitad superior, lo que supone el agravamiento de la condena y podría implicar la entrada en prisión del expresidente de Bankinter, al superar los dos años de cárcel. El resto de la sentencia dictada en enero se mantiene y la defensa de Botín ya la ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid.
En su resolución, la jueza estableció que la propiedad del cuadro -incautado en 2015 en el barco del condenado en Córcega (Francia)- es del Estado, en aplicación de la Ley de Patrimonio Histórico. Además, se le impone una multa (ahora corregida) de 91,7 millones de euros, cuyo impago supondría cuatro meses de arresto. Jaime Botín también fue condenado al pago de las costas procesales, incluidas las de la Abogacía del Estado.
La jueza asimismo declara probado que Botín adquirió en 1977 la obra original de Pablo Picasso 'Cabeza de mujer joven' y, con ocasión de tenerla en su casa de Pozuelo de Alarcón, en Madrid, se puso en contacto con la casa de subastas Christie's para venderla en una subasta prevista para el 6 de febrero de 2013 en Londres.
Añade que el personal de esta empresa le informó de que, debido a la antigüedad de la obra, debía pedir autorización al Ministerio de Cultura para su exportación. El acusado entonces autorizó a Christie's para presentar y gestionar la licencia de exportación ante Cultura, haciendo constar que el cuadro se hallaba en Madrid y como aduana de salida Madrid.
Sin embargo, la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español le denegó la autorización de exportación de la obra, "frustrando su propósito de venderla en dicha casa de subastas".
La magistrada destaca que dicho organismo "propuso la declaración de inexportabilidad por no existir obra semejante en territorio español". No obstante, determina la jueza, y "pese a ser plenamente consciente de la prohibición administrativa", Jaime Botín "trasladó el cuadro a la goleta Adix de su propiedad cuando estaba atracada en el puerto de Valencia, con la finalidad de sacarlo de España, dando instrucciones a su capitán para que lo ocultara a las autoridades".
Así, en julio de 2015 el barco atracó en Córcega con el cuadro a bordo, mientras el acusado contrató con una empresa de transportes aéreos un vuelo para el día 31 de julio de 2015 para trasladarse con el cuadro a Ginebra (Suiza), según señala la sentencia.
Los servicios aduaneros franceses, que estaban al tanto de que el acusado estaba tramitando el permiso de salida con un cuadro vía aérea, ordenaron una inspección de la goleta, durante la cual localizaron el cuadro embalado en la cabina del comandanteyprocedieron a su intervención.