El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto del bono cultural joven, del que ya se conoce la distribución máxima que se podrá hacer de los 400 euros totales para los beneficiarios, tal y como ha podido saber laSexta. Así, el bono no se podrá aplicar a un único pago de 400 euros sino que se dividirá en tres segmentos. 200 euros para eventos, 100 para la compra de productos físicos y 100 para consumo digital. Una medida que se aplica para favorecer la diversidad del consumo.
¿Quién puede solicitar el bono cultural?
El borrador del texto, publicado el pasado mes de febrero en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte, regula el bono de 400 euros del que se podrán beneficiar los jóvenes que cumplan 18 años a lo largo de 2022 para la adquisición y el disfrute de productos, servicios y actividades culturales.
El Gobierno calcula que casi 500.000 jóvenes de toda España se pueden beneficiar de estas ayudas, recogidas en los Presupuestos Generales del Estado para 2022 con una partida de 210 millones de euros.
¿En qué se puede gastar el bono cultural?
Se prevé que el bono subvencione artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.
Además, se recoge subvencionar productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
Por su parte, cada persona beneficiaria podrá destinar hasta 100 euros al consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (conocidos como e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.
Productos que no incluye el bono cultural
Por el contrario, Cultura ha señalado que no será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía. El bono tampoco cubrirá la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos.
¿Cuánto tiempo dura el bono cultural?
El bono será válido durante los doce meses siguientes a su concesión. Y será de uso exclusivo en establecimientos o instituciones adheridas al programa, que presten servicios en España y que, de forma profesional y habitual, ejerzan actividades de venta o puesta a disposición de productos, actividades y servicios culturales. Los interesados en adquirir la condición de entidad adherida al Bono Cultural Joven deberán solicitar su adhesión en los términos y plazos que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
¿Cómo conseguir el bono cultural?
La gestión del programa se realizará a través de una plataforma tecnológica específica, en la que se presentarán las solicitudes, que se tramitarán por orden de presentación. Una vez concedida la ayuda al beneficiario, se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjeta prepago virtual.
Excepcionalmente, se podrá emitir una tarjeta física, en caso de que el beneficiario no disponga de dispositivo móvil compatible para contener la mencionada tarjeta virtual, cuando así se solicite.
La futura norma también prevé que el Bono Cultural Joven sea compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas.
En los próximos meses, una vez aprobado el mencionado Real Decreto, se publicarán las convocatorias para la adhesión de las entidades que estén interesadas en sumarse al programa y para la solicitud de las ayudas por los jóvenes beneficiarios.
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