La jueza que investiga el caso de la Supercopa ha ordenado el volcado de los 12 teléfonos y dispositivos electrónicos que fueron decomisados en la casa donde vivía Luis Rubiales en Punta Cana y el análisis de su contenido. Se trata, en concreto, de ocho teléfonos, tres pendrives y un iPad propiedad del propio expresidente de la RFEF, Francisco Javier Martín Alcaide, 'Nene'; Plácido Lizana y las otras dos personas que se encontraban en la vivienda.
La magistrada adopta esta diligencia a petición de la Fiscalía Anticorrupción y de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que presentó un oficio el pasado 11 de abril para que se autorizara el desprecinto y volcado de las evidencias digitales en los dispositivos incautados en el registro. En su auto, al que ha tenido acceso laSexta, argumenta que examinar su contenido podría "resultar útil a la investigación a los fines de esclarecer la totalidad de las acciones ilícitas cometidas por los investigados".
Considera que la medida es "adecuada y útil" en el curso de la instrucción de la causa, ya que permitirá obtener "datos relevantes para el completo esclarecimiento de los hechos toda vez que se trata de un delito de índole económica", en el que el examen de los datos que puedan albergar los dispositivos "resulta esencial a la hora de contar con indicios objetivos acreditativos de la comisión de los hechos investigados".
Desde las cuentas de correo y redes a las criptomonedas
En concreto, se autoriza el acceso, visionado y descarga de las comunicaciones privadas -tanto leídas como no leídas- de las cuentas de correo electrónico, personal o profesional, que puedan estar relacionada con las personas o las sociedades investigadas, así como el de aquellas efectuadas a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea.
También del listado o agenda de contactos almacenados en las cuentas de correo, el registro de llamadas, la memoria del teléfono, aplicaciones de redes sociales y mensajería instantánea, mensajes de texto y "cualquier otra práctica que pudiera ser relevante para la investigación".
Asimismo, los agentes podrán efectuar "el análisis y copiado del contenido de los servicios de banca online o remota de cuantas entidades bancarias se hallen" y, cuando los datos buscados estén almacenados en otro sistema informático, así como en servicios de almacenamiento online -como cuentas de correo o plataformas como iCloud, Dropbox o Drive-, o repositorios telemáticos de datos de interés, se autoriza también "el acceso, visionado y copiado-volcado de su contenido para su posterior análisis".
Si es la única vía posible para acceder a los datos, se autoriza también que se lleve a cabo el 'rooteo' del terminal. Del mismo modo, se autorizan las gestiones necesarias para impedir u obstaculizar la utilización de datos de recuperación de forma remota por parte de cualquier persona ajena a los mismos.
La jueza asimismo autoriza la incautación de las monedas virtuales y cualquier otro criptoactivo que fueran hallados en los posibles monederos virtuales de los investigados, mediante su transferencia a un monedero frío creado al efecto por los agentes, o bien mediante el cambio de claves u otras medidas de seguridad en las plataformas de intercambio de criptomonedas en las que tuviesen cuentas. Si esos criptoactivos se encontrasen en plataformas de intercambio operados en productos financieros de rentabilidad, bajo contratos de futuros, o de cualquier otra forma similar, se concede autorización judicial para proceder al bloqueo de la cuenta.
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Finalmente, se autoriza el acceso, visionado, copiado-volcado y análisis de todo el contenido multimedia que pudieran albergar los efectos incautados. Dicha autorización se extiende a cualquier otro documento, sea cual sea su formato, contenido en los mismos.