La sala de lo Social de la Audiencia Nacional respalda que las empresas hagan fichar a sus trabajadores durante las pausas para fumar o tomar café, con el objetivo de descontar ese tiempo de las horas trabajadas.
Así se recoge en el fallo de la demanda (que ha sido desestimada) de CCOO contra la empresa Galp Energía España y su implantación del registro de jornada. Además, y según el documento al que ha tenido acceso laSexta, el tribunal avala cuestiones relacionadas con los viajes de trabajo y el registro de esa jornada.
El sindicato considera que Galp "con ocasión de la implantación de un sistema de registro de jornada, de forma fraudulenta, ha modificado en perjuicio de los trabajadores las condiciones de trabajo existentes con anterioridad a la implantación del registro horario".
Sin embargo, el tribunal sostiene que los cambios que experimentan los empleados de la compañía como consecuencia del nuevo registro, no suponen un cambio sustancial de sus condiciones de trabajo.
"Existía un control de acceso mediante tornos, que únicamente se utilizaba a efectos de seguridad y prevención de riesgos del edificio, no de control de jornada, se venía tolerando, por una política de confianza empresarial (...), que los trabajadores salieran de las instalaciones para fumar o tomar café, sin que quepa deducir de tal circunstancia, que la empresa reputase dichas interrupciones de la prestación de servicios como de trabajo efectivo, entre otras cosas, porque no existía un efectivo control y seguimiento de la jornada desarrollada por cada trabajador. Por todo lo razonado, y como se anunció anteriormente, se dictará sentencia desestimatoria de la demanda", se puede leer en el fallo de la sentencia.
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La huelga de autobuses volverá el 11 de noviembre en caso de no haber acuerdo
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