Al hacer la declaración de la renta, una duda usual es saber cómo afecta el alquiler en la misma. Pues bien, depende de muchas variables, entre ellas la fecha en la que firmaste el contrato, tus ingresos, la cantidad de renta que pagas, tu edad e, incluso, la comunidad autónoma en la que resides.
Para los alquileres de vivienda habitual existen dos tipos de deducciones: la estatal y las autonómicas. Ambas compatibles en la mayoría de los casos. Para poder desgravar en la declaración de la renta con alguna de estas bonificaciones hay que cumplir los siguientes requisitos.
Deducciones por el alquiler en España
Esta deducción por el alquiler de la vivienda habitual se aplica en todo el territorio, excepto en el País Vasco y Navarra. No obstante, se suprimió el 1 de enero de 2015, pero pueden seguir disfrutando de las bonificaciones los que tengan un contrato firmado con anterioridad. A no ser, que haya modificaciones sustanciales como el precio del alquiler.
Entre los requisitos para acceder a la deducción está que el nombre del inquilino tiene que aparecer en el contrato y los ingresos. Para que un inquilino pueda beneficiarse de esta ayuda del 10% sobre la base máxima que son 9.040 euros, debe tener una base imponible inferior a 24.107,2 euros. Una vez supere esta cantidad no podrán desgravarse el alquiler.
Deducciones autonómicas
Deducciones alquiler en Andalucía
En la comunidad andaluza se beneficiarán de las deducciones por el alquiler los menores de 35 años. Estos podrán deducirse un 15% del alquiler hasta un máximo de 500 euros, para cuyas bases liquidables no superen los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en declaración conjunta.
Deducciones alquiler en Aragón
En Aragón las deducciones para el alquiler de vivienda habitual son para casos concretos como el de los contribuyentes que vivan en alquiler tras una dación en pago o hayan firmado un alquiler con opción a compra. En este caso tienen derecho a una deducción del 10% sobre una base máxima de 4.800 euros.
Deducciones alquiler en las Islas Baleares
En Baleares pueden deducirse un 15% del alquiler, hasta un máximo de 400 euros, los menores de 36 años, personas con discapacidad física o sensorial y las familias numerosas. Asimismo, el contribuyente no puede ganar más de 20.000 euros anuales o 34.000 euros si es una declaración conjunta.
Deducciones alquiler en Canarias
En las Islas Canarias existe una deducción del 20% del alquiler, con un máximo de 600 euros, siempre que la suma de la base imponible general no sea superior a 20.000 euros en declaraciones individuales y 30.000 euros en conjuntas. Existe otra deducción a determinadas operaciones de dación en pago del 25% con un máximo de 1.200 euros anuales.
Deducciones alquiler en Cantabria
En la comunidad cántabra, los menores de 35 años, mayores de 65 o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65% pueden deducirse un 10% del alquiler, con un máximo de 300 euros. En los casos en los que no superen la base imponible de 22.946 euros en declaraciones individuales ni 31.485 euros en declaraciones conjuntas.
Deducciones alquiler en Castilla-La Mancha
En la comunidad de Castilla-La Mancha las deducciones están dirigidas a jóvenes de menos de 36 años. Estos se podrán desgravar el 15% del alquiler con un máximo de 450 euros anuales, con algunas excepciones en el número de habitantes, puede llegar al 20%, con un máximo de 612 euros anuales
Deducciones alquiler en Castilla y León
En la comunidad de Castilla y León, los menores de 36 años tienen derecho a deducirse el 20% del alquiler, con un máximo de 459 euros. Se podrá deducir hasta un 25% del alquiler y un máximo de 612 euros, en las poblaciones de hasta 10.000 habitantes o menos de 3.000 si distan menos de 30 km de la capital de la provincia.
En esta comunidad existe una deducción por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler en núcleos rurales. Pueden desgravarse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un máximo de 20.000 euros, y el valor de la vivienda debe ser de menos de 135.000 euros. Para este tipo de bonificaciones, la vivienda debe estar alquilada durante los cinco años siguientes a la reforma, entre otros requisitos.
Deducciones alquiler en Cataluña
En la comunidad catalana, los menores de 33 años, viudos mayores de 65 años, personas con discapacidad o quienes han estado en paro más de 183 días tienen derecho a una deducción del 10% del alquiler, con un límite máximo de 300 euros. En el caso de que sean familia numerosa, el límite aumenta a 600 euros. Además, el pago del alquiler debe suponer más del 10% del salario del contribuyente.
Deducciones alquiler en la Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid, las deducciones para los menores de 35 años o menores de 40 que hayan estado 183 días en paro y tengan cargas familiares son del 30% del alquiler, con un máximo de 1.000 euros. Deben de tener una base imponible inferior a 25.620 euros al año o 36.200 en caso de tributación conjunta. Además, es necesario que las cantidades pagadas por el alquiler superen el 20% de los rendimientos del contribuyente.
Deducciones alquiler en la Comunidad Foral de Navarra
En la comunidad de Navarra se establece una deducción con carácter general del 15% del alquiler y un máximo de 1.200 euros, siempre que la base imponible no sea superior a 30.000 euros en las declaraciones individuales ni a 60.000 euros en declaraciones conjuntas. Asimismo, ascenderá al 20%, hasta un máximo de 1.500 euros anuales, cuando el inquilino tenga menos de 30 años. Sin embargo, los contribuyentes de esta comunidad no tienen derecho a la deducción estatal.
Deducciones alquiler en la Comunidad Valenciana
En la comunidad valenciana hay una deducción general del 15% de las cantidades pagadas con un límite de 550 euros. Además, para los menores de 35 años, una deducción del 20%, hasta los 700 euros anuales. Y otra desgravación es la del 25% con un límite de 850 euros para menores de 35 años que además tengan discapacidad física o sensorial del 65% o con una discapacidad psíquica del 33% o más.
Deducciones alquiler en Extremadura
Las deducciones en la comunidad autónoma de Extremadura afectan a los menores de 36 años, familias numerosas o personas con discapacidad, pueden deducirse un 5% del alquiler, con un máximo de 300 euros; o un 10%, con un máximo de 400 euros en el caso de vivir en medios rurales. Siempre que gane menos de 19.000 euros anuales o 24.000 euros si la tributación es conjunta
Deducciones alquiler en Galicia
En Galicia, las deducciones son para menores de 35 años, pueden deducirse un 10%, con un máximo de 300 euros. En el caso de que el arrendatario tenga al menos dos menores de edad a su cargo, se amplía el límite a 600 euros con una deducción del 20%. Además, si se trata de un discapacitado con un grado reconocido de al menos el 33%, el porcentaje asciende al 40%.
Deducciones alquiler en País Vasco
En el País Vasco los contribuyentes no tienen derecho a la deducción estatal. No obstante, la Hacienda vasca permite, con carácter general, desgravarse un 20%, con un máximo de 1.600 euros. Asimismo, cada provincia cuenta con un porcentaje de deducción de entre el 25% y el 30% para familias numerosas y menores de 30 años.
Deducciones alquiler en el Principado de Asturias
Los contribuyentes asturianos tienen una deducción, con carácter general, del 10% del alquiler con un límite de 455 euros. Si la vivienda está en un medio rural de menos de 3000 habitantes es del 15%, con un límite de 606 euros. Estas deducciones se aplican siempre que la declaración del contribuyente no supere los 25.009 euros en la tributación individual o 35.240 euros en la tributación conjunta.
Deducciones alquiler en la Región de Murcia
En esta comunidad autónoma los contribuyentes no tienen acceso a deducciones por el alquiler de la vivienda, ni los inquilinos, ni los arrendadores.
Deducciones alquiler en La Rioja
En este caso, se benefician los menores de 36 años que se pueden deducir el 10% del alquiler hasta 300 euros por contrato de alquiler. El porcentaje aumenta hasta el 20% si el arrendamiento es en un pequeño municipio y el límite asciende hasta los 400 euros.