El parte amistoso es la forma más rápida de resolver pequeños accidentes de tráfico. Su ventaja es que los plazos que tu aseguradora utilizará para tramitar el incidente serán más rápidos, pero para poder hacer uso de esta herramienta tienen que existir varios condicionantes.
El primero de ello es que el accidente se haya producido entre dos vehículos y no haya terceros implicados. Además, ambos conductores deben estar de acuerdo en lo descrito en el parte, sin que eso signifique que ninguno de los dos acepte que es culpable del incidente. Por último, también es necesario que no haya heridos.
Como ocurre con cualquier accidente, las aseguradoras son las que deciden quién es el causante del siniestro. La ventaja del parte amistoso es que ambos conductores están de acuerdo en cómo ha sucedido, por lo que la compañía de seguros tendrá más fácil poder agilizar los trámites al tener la misma versión de los hechos.
A la hora de rellenar el parte, es importante cumplimentar todos los campos posibles, indicando en un pequeño esquema en la parte baja del parte cómo ha ocurrido el accidente y señalizando cuáles son las zonas del vehículo que se han visto afectadas. Además, es aconsejable rellenar los campos con letra clara y con mayúsculas y que cada afectado se quede con una copia del parte.
En caso de que uno de los afectados no firme el documento o haya errores en su realización, éste no tendrá validez para la aseguradora. Por otra parte, cabe destacar que aunque es aconsejable hacer el parte después del accidente, hay un plazo de siete días para enviárselo a la compañía de seguros. Si el otro conductor no quiere firmar este parte, lo aconsejable es llamar a la Policía.
Qué debo hacer si tengo un accidente con un conductor que circula sin seguro
Pese a que el parte amistoso es un recurso muy utilizado y conocido por la mayoría de los conductores, las dudas comienzan a surgir cuando tenemos un siniestro con un vehículo sin seguro. ¿Quién se hace cargo de los gastos de reparación o de las lesiones en este caso?
El Consorcio de Compensación de Seguros será quien será quien corra con los gastos. Lo más importante que debemos hacer es que el conductor con el que hemos tenido el siniestro firme el parte del accidente y comprobemos que los datos están correctamente cumplimentados. De esta manera, el Consorcio cubrirá los gastos y se encargará de recuperar ese dinero adelantado.
Si el otro conductor no quiere firmar el parte, lo que se debe hacer es llamar a la Guardia Civil o Policía Local para que pueda dar parte del accidente y multar al conductor que circula sin seguro. Con estos datos se puede acudir al Consorcio de Compensación de Seguros para que pague los daños.
Sin embargo, puede haber más problemas si el conductor sin seguro se da a la fuga para evitar la multa. Lo más importante en este caso es no perseguir al coche que se ha dado a la fuga, ya que esto puede ocasionar nuevos incidentes.
Lo que debe hacerse es tratar de conseguir los datos del vehículo contrario. Saber la matrícula es el aspecto clave, pero también pueden ayudar datos complementarios como el modelo y el color del vehículo. Posteriormente, se debe llamar a la Policía para denunciar los hechos. Los agentes podrán tomar declaración a los posibles testigos y comprobar evidencias del incidente, como pueden ser marcas en la carretera, que ayudarán a la hora de justificar el incidente ante nuestra aseguradora.
En cualquier caso, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se hará cargo de los gastos derivados de las reparaciones y las lesiones. Por tanto, que el conductor contrario no tenga seguro no debe provocarnos ningún perjuicio a nosotros. La multa por conducir sin seguro oscila entre los 601 € y los 3.005 €.
¿Cómo pido al Consorcio de Compensación de Seguros mi indemnización?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que tenemos siete días para comunicar el siniestro al Consorcio, aunque según explican desde la entidad, es aconsejable que se haga lo antes posible para facilitar "una rápida peritación de los daños y agilizaría la tramitación y pago del siniestro". Sin embargo, una vez pasado este periodo, se aceptará igualmente la comunicación de daños, aunque es más probable que haya un retraso en la tramitación.
La documentación se puede hacer llegar a través de la página web del Consorcio, por teléfono (900 222 665 ó 952 367 042) o por escrito dirigido a la Delegación Territorial del Consorcio, que se puede consultar por las mismas dos vías mencionadas.
¿Qué documentación necesito presentar en caso de un accidente causado por un vehículo sin seguro?
Para daños materiales:
- Hoja de comunicación de daños.
- Declaración amistosa de accidente.
- Atestado.
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia del Certificado del S.O.A. o carta verde
- Cuenta Bancaria IBAN
Además de esta documentación, para daños personales hay que presentar:
- Partes baja/alta médica-hospitalaria.
- Informe médico forense o en su defecto Informe del centro asistencial.
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- Auto ejecutivo original o copia autenticada por el Juzgado.