El pleno del Congreso de los Diputados ha respaldado la ratificación del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que amplía los derechos de las empleadas del hogar, entre otros, la protección por desempleo.
La ratificación ha salido adelante con 341 votos a favor, ningún rechazo y una abstención. Este convenio, que el Gobierno remitió a las Cortes hace poco más de dos meses, garantiza que los derechos de las empleadas de hogar disfruten de condiciones equitativas y no menos favorables que las condiciones aplicables al resto de las personas trabajadoras.
Frente al Congreso de los Diputados los colectivos de empleadas del hogar -la mayoría de ellas, mujeres- han celebrado el resultado de la votación, que por fin equipara sus derechos con los del resto de trabajadores. "Sin nosotras no se mueve el mundo, carajo", ha dicho una de las afectadas por la medida, eufórica por su aprobación.
Actualmente, las trabajadoras domésticas, enmarcadas en un régimen específico de la Seguridad Social, no tienen derecho a prestación por desempleo, algo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó recientemente discriminatorio. Desde los grupos parlamentarios se han felicitado por esta ratificación y han pedido el desarrollo reglamentario necesario para garantizar su cumplimiento.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha salido a la plaza frente al Congreso para celebrar junto a las empleadas del hogar la convalidación del convenio. Ahora el Ejecutivo tendrá que legislar para asegurar que se cumple su acceso al paro y también la regulación de su despido. "Vamos a darles todos los derechos en condiciones de igualdad, igual que a todos los trabajadores", ha aseverado Díaz.
El convenio establece que las personas trabajadoras deberán ser informadas sobre las condiciones de empleo de forma adecuada, veraz y comprensible, priorizando el contrato escrito y regula la igualdad de trato con el resto de las personas trabajadoras en general en cuanto a descansos y vacaciones.
También regula las condiciones de repatriación de los trabajadores domésticos migrantes al fin de su contrato, y se asegura la libertad de los trabajadores para alcanzar acuerdos con el empleador sobre su residencia en el hogar de trabajo, los periodos de descanso y la conservación de sus documentos de viaje e identidad. En cuanto a la remuneración, se estipula la percepción del salario como mínimo una vez al mes, limitando la remuneración en especie.
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