En concreto, Hacienda ha habilitado ya el formulario en la web de la Agencia Tributaria, al que se puede acceder a través del banner 'Prestación maternidad y paternidad-sentencia del Tribunal Supremo' que aparece en la web.
Una vez se accede, se puede optar por la solicitud telemática (mediante certificado electrónico, Clave PIN o con número de referencia) o al apartado 'otros trámites' en el que se puede consultar el estado de tramitación de solicitud, contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT u obtener el formulario en archivo PDF para realizar la solicitud de forma presencial.
El proceso de devolución se dividirá en dos etapas por razones operativas que abarcarán los cuatro ejercicios fiscales no prescritos.
En concreto, los padres y madres de niños nacidos entre 2014 y 2015 podrán solicitar ya la devolución y Hacienda empezará a reintegrar el dinero esta misma semana.
Para las devoluciones de niños nacidos en 2016 y 2017, el procedimiento se podrá en marcha en enero.
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Hacienda prevé que en el mes de abril se habrán devuelto la totalidad de las devoluciones solicitadas. En total, se beneficiarán un millón de madres y padres.