El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este martes que los países del bloque comunitario tienen que obligar a las empresas a implantar un sistema "objetivo, fiable y accesible" que permita computar la jornada laboral diaria de sus trabajadores.
Este fallo de la Justicia europea llega dos días después de que entrara en vigor en España el Real-Decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo en virtud del cual todas las empresas, sin excepción, están obligadas a registrar diariamente la jornada de sus trabajadores.
El TUE responde de esta manera a las preguntas formuladas por la Audiencia Nacional para poder resolver una demanda de conflicto colectivo formulada por UGT, CCOO y otros sindicatos en la que se reclamaba a Deutsche Bank el establecimiento de un sistema de registro de la jornada ordinariaefectiva de la plantilla.
Los jueces europeos han apuntado que sin un sistema que permita computar la jornada laboral diaria de cada trabajador "no es posible determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo" ni el número de horas extraordinarias, algo que "dificulta en extremo" e incluso imposibilita en la práctica que los trabajadores "logren hacer respetar sus derechos".
Por ello, la sentencia del TUE remarca que determinar de manera "objetiva y fiable" el número de horas de trabajo diario y semanal "es esencial" para comprobar si se han respetado la duración máxima del tiempo de trabajo -incluidas las horas extraordinarias- y los periodos mínimos de descanso diario y semanal.
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