Cerca de 3.000 trabajadores interinos del sector publico se han manifestado en Madrid para protestar contra la precariedad, el fraude en la contratación y el abuso de temporalidad, que, según los cálculos de los convocantes, afecta en toda España a unas 800.000 personas.
Trabajadores del sector público procedentes de toda España, que en ocasiones encadenan 300 contratos en un año, han recorrido la Gran Vía madrileña al grito de "!Fijeza Ya!", para denunciar el despido colectivo "libre y gratuito" de los trabajadores temporales de las administraciones públicas, como ha señalado una portavoz del Colectivo de Empleados Públicos en Abuso de Temporalidad.
También han cargado contra la ausencia de inspecciones para detectar el fraude, la ilegalidad y el abuso, así como por la falta de una norma nacional eficaz que prevenga el abuso de la temporalidad, sancione al empleador público y elimine las consecuencias en el trabajador con su estabilización o compensación.
La misma portavoz ha explicado que esperan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que debe dictar sentencia el próximo 19 de marzo, avale la reivindicaciones de este colectivo, unas 800.000 personas en toda España, equivalente a un 30% de los empleados públicos. La cifra no concuerda con los datos facilitados esta semana por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, que asegura que de los 2,6 millones de empleados del sector público sólo un 21,6 % corresponde a interinos, personal eventual y otros; un 56% es personal funcionario de carrera, y el 22,4% restante es personal laboral.
Los interinos confían en lo que determine el próximo 19 de marzo el TJUE, si bien la Abogada General de la UE que elaboró un primer dictamen que consideraba ajustado a derecho europeo que el uso abusivo de sucesivos contratos temporales por parte de las administraciones públicas españolas no se sancione automáticamente con la transformación del contrato temporal en uno fijo.
El informe de Juliane Kokott, que no es vinculante, abría la puerta, no obstante, a que se puedan considerar indemnizaciones por los perjuicios causados por un importe a tanto alzado suficientemente disuasorio. .