Podemos ha presentado una querella contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo por un posible delito de prevaricación judicial por su decisión de elevar al Pleno de la Sala la jurisprudencia posterior al fallo que atribuye a los bancos y no a los particulares, la obligación de hacer frente al impuesto sobre las hipotecas.
Entre las diligencias que solicita, incluye investigar qué llamadas recibió el magistrado antes y después de adoptar aquella decisión. La querella sostiene que Díez-Picazo ha podido incurrir en un delito de prevaricación judicial al convocar el Pleno para que se ratifique o corrija la jurisprudencia sobre el mencionado impuesto de actos jurídicos documentados, después de que una sección de esta Sala Tercera fallara que es el banco quien debe abonarlo, cuando en febrero el mismo tribunal sentenció que la responsabilidad correspondía al ciudadano. Pide que ese Pleno, que integran los 31 magistrados de lo Contencioso de este Tribunal, sea suspendido.
Para aclarar los motivos "espúreos" que pudieran haber llevado a Díaz-Picazo a tomar esta decisión, Podemos pide al Supremo que además de tomarle de claración y recabar todas sus resoluciones al respecto, obtenga "el listado de llamadas, e identificación de los titulares de las líneas telefónicas, recibidas por Díez-Picazo tanto a sus teléfonos particulares como a los teléfonos de su despacho en el Tribunal Supremo, entre los días 16 y 19 de octubre de 2018, ambos inclusive", fechas de la sentencia y del acuerdo posterior.
Solicita al Supremo que recabe también el acta de la reunión mantenida el 22 de octubre de 2018 entre el presidente del Tribunal Supremo y el CGPJ, Carlos Lesmes, el propio Díez-Picazo y los seis magistrados de la Sección Segunda de esta Sala Tercera que dictaron la sentencia desfavorable a la banca.
"Es más que notorio que la decisión del querellado de paralizar los recursos y convocar el Pleno no se ha fundamenta en criterios estrictamente jurídicos y de justicia material, sino en una clara defensa de los intereses económicos particulares de las entidades financieras, juzgando, valorando y anticipando, desde un punto de vista totalmente parcial e interesado, el posible carácter retroactivo de la decisión y sus efectos en las cuentas de resultados de las entidades financieras", explica la querella.