En la actualidad, la edad legal de jubilación se sitúa entre los 65 y los 66 años. Sin embargo, existen algunas vías para alcanzar ese deseoso descanso algo antes. Por ejemplo, dos años —hasta los 63—, según explica la propia Seguridad Social.
No obstante, para lograr dicha jubilación anticipada es fundamental cumplir con unos requisitos muy marcados. Y a ello se le suma la reforma de las pensiones que el Ejecutivo ya tiene en el horno. De cumplirse todos los pasos, a principios de 2022 los trabajadores podrán recibir ciertos incentivos por retrasar la jubilación. Pero, por el contrario, también se implementarán algunas penalizaciones por adelantarla.
Ahora bien, ¿qué hay que hacer para jubilarse a los 63? Lo primero, y esto es indispensable, haber cotizado al menos 37 años y 3 meses. Junto con eso, la Seguridad Social también exige tener cotizados al menos dos años de los últimos 15 anteriores a la solicitud de jubilación.
Otro requisito gira en torno a la cuantía de pensión que has sido capaz de reunir a lo largo de tus años de trabajo. Es decir, para jubilarte a los 63, debes haber sumado la cuantía mínima para jubilarte a los 65 (con cónyuges a cargo, 11.914 euros al año; sin ellos, 9.655,80 euros). Asimismo, habría un requisito más: estar de alta en la Seguridad Social o en una situación asociada. Algo que va relacionado con haber cotizado de forma reciente en los años anteriores.
Penalizaciones por adelantar la jubilación
El nuevo plan del Gobierno busca ante todo que los trabajadores permanezcan más tiempo en sus puestos. De este modo, precisamente para evitar que alguien adelante su jubilación, como en este caso, se plantean una serie de cambios que reducirían los beneficios de la jubilación anticipada y voluntaria.
- En primer lugar, los coeficientes reductores pasarán de ser trimestrales a mensuales. Los coeficientes reductores son cálculos que, cuanto más adelantas tu jubilación, menos dinero percibes en tu pensión. Y la cuestión es que ahora hay cambios en estos mismos porcentajes.
- Por ejemplo, si eres una persona que ha cotizado menos de 38 años y 6 meses, y decides adelantar tu jubilación dos años antes de lo previsto, podrías ver una reducción en la pensión de hasta un 21%, según se anticipe la jubilación menos o más meses (cuando el máximo actual se sitúa en un 16%).
- En cambio, si has cotizado más allá de la cifra anterior y menos de 41 años y seis meses, los nuevos coeficientes propuestos oscilarían entre el 3,11% y el 19%, frente a la horquilla del 1,9% y el 15% actual, siendo también más elevados en los extremos.
Retrasar la jubilación: ¿cuánto cobrarías de más?
Como decíamos, a raíz de la reforma de las pensiones, que supone un giro con respecto a la normativa anterior, se han establecido una serie de nuevos elementos que, bien por incentivo, bien por penalización, pretenden acercar la edad de jubilación real (64,6 años) a la legal (66).
En este sentido, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, encabezado por José Luis Escrivá, presenta dos ópticas: por un lado, dar dinero a las personas que retrasen su jubilación y, por otro, restar un mayor porcentaje en la cuenta de pensiones a quien, por el contrario, solicite de forma voluntaria la jubilación anticipada.
Con respecto al primer caso, el Ejecutivo maneja dos tipos de incentivo: primero, una paga única (una especie de cheque) por la que se podría percibir un máximo de 12.060,12 euros y, segundo, un beneficio más lineal, que se recibiría por cada año trabajado de más y en el que se suma un 4% del total de la pensión al final de cada año.
¿Y cómo se ejemplifica esto en la pensión real? ¿Cuánto cobrarías por retrasar tu jubilación, según estos beneficios? Primero, hacemos el cálculo con respecto a la opción de cobrar el cheque de pago único (y en caso de que se haya cotizado durante más de 44 años y medio):
- Si eres un trabajador al que le corresponderían 15.000 euros al año de pensión, por trabajar fuera de tu edad de jubilación recibirás 6.913,65 euros.
- Si eres un trabajador al que le correspondería el importe máximo, es decir, 37.567 euros al año, recibirás 12.060,12.
-Y si, en cambio, eres un trabajador al que le correspondería la pensión mínima (9.569 euros), cobrarías un único pago total de 5.264,89 euros.
A continuación, todos los supuestos planteados por el Gobierno si has trabajado durante más de 44 años y medio:
Por el contrario, si no has alcanzado los 44 años y medio, pero sí la cotización suficiente para jubilarte, por ese trabajo de más podrías recibir alguno de estos importes:
¿Y si se elige la otra opción?
Los importes mencionados corresponden al cobro del cheque único, del que los trabajadores solo pueden beneficiarse una vez y que establece esas diferencias entre haber cotizado más o menos de 44 años y medio. No obstante, el Gobierno plantea la opción de cobrar anualmente (es decir, podría aumentarse los cobros conforme se supere la edad de jubilación) un total de un 4% de más en la pensión.
En este sentido, repasamos los cambios:
- Si eres el trabajador que cobra 15.000 euros al año, en total recibirás unos 600 euros.
- Si eres el trabajador que cobra el máximo, es decir, 37.567 euros al año, te llevarías un extra de unos 1.500 euros.
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- Y, si eres el que cobra la pensión mínima de 9.569 euros, el Estado te daría 382,76 euros (en todo el año) por ese trabajo de más.
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