El Gobierno de Pedro Sánchez ha anunciado la subida del Salario Mínimo Interprofesional de 900 a 950 euros al mes en 14 pagas al año. A pesar de que hay que esperar a que la subida sea publicada en el BOE para que esté aprobada, la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció que tendrá carácter retroactivo al 1 de enero de 2020, es decir, los trabajadores beneficiados deberán cobrar el nuevo mínimo a partir de este mes.
El salario mínimo según los días trabajados y la cantidad de pagas
Con la subida del Salario Mínimo Interprofesional, los empleados del sector público o privado que tengan una jornada completa (40 horas semanales) deberán cobrar un total de 950 euros al mes en 14 pagas anuales, lo que equivale a 31,66 euros al día.
Si el trabajador cobra su salario en 12 pagas anuales, deberá percibir un sueldo mínimo de 1.108,33 euros al mes. En cualquiera de los casos el asalariado no podrá percibir menos de 13.300 euros anuales por una jornada completa. Cabe recordar que para el SMI solo computa la retribución dineraria y no en especie.
¿El SMI es una cuantía bruta o neta?
Todas las cantidades señaladas y que perciben los trabajadores son brutas a las que hay que aplicar las deducciones correspondientes.
¿Qué sucede si mi trabajo es inferior a 40 horas semanales?
Si el trabajador realiza una jornada inferior a 40 horas semanales, el salario mínimo que deberá percibir será reducido proporcionalmente al SMI.
¿Los complementos salariales forman parte del SMI o se cobran a parte?
La Guía Laboral del Ministerio de Trabajo establece que los complementos salariales indicados en el Estatuto de los Trabajadores, las primas y los incentivos por producción deben ser abonados a parte del SMI. Algo que choca con varias sentencias que resuelven que estas cantidades deben tenerse en cuenta en la suma del Salario Mínimo.
Por tanto, la suma del salario base y los complementos salariales conformará un total que deberá ser de un mínimo de 950 euros al mes en 14 pagas.
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