Bélgica no puede cuestionar la competencia del Tribunal Supremo para emitir las euroórdenes y no puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales sin demostrar la existencia de "deficiencias sistémicas" respecto al Estado de Derecho, según la opinión que ha dado este jueves el Abogado General de la UE, Richard de la Tour.
Ha respondido así a la pregunta prejudicial que planteó el magistrado del Supremo Pablo Llarena cuando la justicia belga denegó en 2021 la entrega a España del exconseller de Cultura Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y no el TS quien debía emitir la euroorden y que si lo extraditaba se violarían sus derechos fundamentales.
La opinión del Abogado General no es vinculante, pero suele coincidir con las sentencias que emite el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, en este caso, marcará el futuro judicial en Bélgica del expresidente Carles Puigdemont.
Según Richard de la Tour, la directiva sobre la euroorden "no permite a una autoridad judicial de ejecución" (en este caso, la belga) "controlar si una autoridad judicial emisora (el TS) es competente (...) para dictar la orden de detención y entrega".
"Autorizar tal control contravendría el principio de autonomía procesal, conforme al cual los Estados miembros pueden designar en su Derecho nacional a la autoridad judicial competente para dictar" la euroorden, así como "el principio de reconocimiento mutuo, 'piedra angular' de la cooperación judicial" entre los países de la UE.
El Tribunal de Apelación de Bruselas denegó la entrega de Puig basándose en el informe del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, que aseguraba que se violaron los derechos fundamentales de los políticos condenados por el referéndum del 1 de octubre, porque la causa la asumió el TS y no el TSJC, donde se produjeron los hechos.
Sin embargo, el Abogado General ha dicho hoy que un país no puede denegar una extradición ante una supuesta vulneración de derechos sin "datos que permitan demostrar, mediante una apreciación global basada en datos objetivos, fiables, precisos y debidamente actualizados, la existencia de un riesgo real de vulneración del derecho fundamental a un proceso equitativo ante un juez establecido previamente por la ley".
Tiene que poder demostrar, ha añadido, la existencia de "deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor".
El Abogado General ha dicho que "cuando no existen tales deficiencias, no cabe que la autoridad judicial de ejecución dude de que "a través de los posibles recursos judiciales "la persona de que se trate podrá lograr que se declare y, en su caso, corrija o sancione una eventual vulneración de su derecho fundamental a un proceso equitativo".
Y en este sentido, ha considerado que los líderes independentistas "tienen a su disposición vías de recurso" en España, llegando incluso hasta el Tribunal Constitucional para evaluar si existe tal vulneración.
Llarena preguntó también al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si en caso de darle la razón, como está haciendo el Abogado General, podía emitir una nueva euroorden contra Puig, ya que su caso se ha juzgado ya en Bélgica.
Según Richard de la Tour, la directiva de la euroorden "no se opone" a "dictar contra la misma persona" una nueva orden de detención y entrega cuando un país "haya denegado la ejecución (...) contraviniendo el Derecho de la Unión".
La sentencia que emita el TJUE sobre este caso marcará el futuro judicial en Bélgica de Puigdemont, ya que su euroorden la están analizando los mismos jueces que estudiaron la de Puig.
Además, el expresidente catalán ha interpuesto un recurso contra la decisión del Parlamento Europeo de retirarle la inmunidad, sobre la que la justicia europea aún no ha celebrado la vista.