Con el Código Penal en la mano
La absolución de Dani Alves no implica que sea inocente: las claves jurídicas de la polémica decisión del TSJC
¿Por qué es importante? Aunque la sala de apelaciones esgrime "falta de fiabilidad" del relato de la víctima, no significa que la Justicia no la crea, sino que no puede hacerlo desde "un punto de vista procesal o técnico".

Resumen IA supervisado
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto al exfutbolista Dani Alves de un delito de agresión sexual, no por considerarlo inocente, sino por falta de pruebas suficientes y la falta de fiabilidad del testimonio de la víctima. Esta decisión contradice la sentencia previa de la Audiencia de Barcelona, que sí condenaba a Alves basándose en corroboraciones periféricas que apoyaban la versión de la denunciante. La profesora Pilar Rey destaca que la fiabilidad del testimonio es clave, ya que la víctima modificó su relato en varias ocasiones. El TSJC argumenta que las pruebas de ADN y huellas no superan el estándar de presunción de inocencia, favoreciendo a Alves. A pesar de que Alves cambió su versión varias veces, como acusado no está obligado a declarar ni a decir la verdad, a diferencia de la víctima.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tomaba este viernes una polémica decisión al absolver al exfutbolista Dani Alves de un delito de agresión sexual. Si bien esto no significa que la Justicia considere que el que fuera defensa del F.C. Barcelona sea inocente, sino que lo que indica es que no hay pruebas suficientes y que el testimonio de la víctima, según su sentencia, no es fiable
Precisamente, es este el motivo principal que da la sala de apelaciones, contradiciendo así la sentencia de primera instancia de la Audiencia de Barcelona que sí condenaba a Alves por agresión sexual. En este escrito, se afirmaba que había "corroboraciones periféricas suficientes" que apuntalaban "la versión de la denunciante", es decir, la violación.
En ese sentido, la profesora de Derecho Penal en la Universidad Internacional de Cataluña Pilar Rey explica que "la credibilidad no se puede confundir, con lo que desde el punto de vista procesal o técnico es la fiabilidad". Entonces, lo que aquí sucede es "que la víctima, pues por el contexto que se dieron los hechos, dijo una serie de manifestaciones que muchas de ellas fueron siendo modificadas o imprecisas durante el procedimiento".
Ahora, el TSJC que deja libre de cargos a Alves no está de acuerdo. De esta manera, exponen que las pruebas de ADN y el análisis de las huellas dactilares no se contrastaron bien con el relato de la denunciante y que, por tanto, no supera el estándar que exige la presunción de inocencia, que en lo jurídico "en caso de duda" es "a favor del reo". En este caso, a favor de Dani Alves.
Eso sí, en este punto asaltan más dudas. ¿Por qué se cuestiona la fiabilidad de ella y no la del investigado que cambió de versión hasta en cinco ocasiones? Lo cierto es que el exfutbolista como acusado no tiene la obligación ni de declarar ni de decir la verdad, sin embargo ella, sí la tiene por su condición de víctima y única testigo de los hechos.