Los aeropuertos españoles exigen desde hoy una PCRnegativa realizada en las 72 horas previas a la llegada para los pasajeros procedentes de países de riesgo por coronavirus. Quienes no aporten dicha prueba se exponen a una sanción.
La lista depaíses y zonas considerados de riesgo se actualiza cada 15 días -en las webs www.mscbs.gob.es y www.spth.gob.es- y a fecha de este lunes recoge 65 cuyos viajeros tendrán que aportar la citada PCR negativa para entrar en nuestro país.
Estas medidas se suman a los controles para contener la pandemia que ya se llevan a cabo a todos los pasajeros internacionales, por lo que se mantiene el control de temperatura, el control visual y el control documental (el formulario de control sanitario), según la normativa establecida por el Ministerio de Sanidad.
Los aeropuertos, además, seguirán recordando por megafonía y con carteles luminosos la necesidad de llevar mascarilla y de cumplir las medidas higiénicas requeridas por las autoridades sanitarias.
A partir de ahora, los pasajeros que lleguen a los aeropuertos se tienen que dirigir a las ventanillas de control, en las que hay unos carteles con la leyenda 'foreign health authority', donde miembros de Sanidad Exterior se encargarán de recibir las PCR que traigan.
¿Qué pasa si no llevan la PCR negativa?
En caso de que los viajeros no lleven la PCR consigo, por lo que pueden ser sancionados, tendrán que hacerse el test de antígenos en el propio aeropuerto, donde obtendrán el resultado de la prueba en un plazo de aproximadamente una hora.
Para ello, se han habilitado unas zonas de espera, una para antes de hacerse el test y otra para esperar a conocer el resultado; una serie de salas en las que el personal médico realizará las pruebas y otro espacio de aislamiento para personas que puedan dar un resultado positivo en este test de antígenos.
Además, se ha dispuesto un nuevo punto de control secundario para que, si falta algún tipo de documentación que cumplimentar, poderlo hacer allí con la ayuda de personal especializado. Los aeropuertos ya contaban con un dispositivo implantado para los controles sanitarios, que ahora se verá ampliado para realizar todos estos trámites y los test, en caso de ser necesario.
Si el pasajero da negativo en el test de antígenos podrá continuar su viaje con normalidad, y si da positivo se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos en coordinación con las comunidades autónomas, con objeto de su derivación a un centro sanitario. Los controles sanitarios a la llegada a España son de obligado cumplimiento, por lo que negarse a ello conlleva la aplicación de la sanción correspondiente.
¿A qué sanciones se enfrentan?
La sanción para los pasajeros que lleguen a España sin una PCR negativo será determinada conforme a lo que se recoge en la Ley General de Salud Pública. Así lo indica el Boletín Oficial del Estado (BOE), que afirma que estos infractores serán sancionados con entre 3.000 y 600.000 euros.
"En caso del incumplimiento de lo previsto en esa resolución, será de aplicación el régimen contemplado en el Título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de Salud Pública, referido a infracciones y sanciones", señala el escrito del BOE.
Esta ley recoge sanciones de hasta 3.000 euros en el supuesto de infracciones leves, de entre 3.001 y hasta 60.000 euros para las infracciones graves y de entre 60.001 y hasta 600.000 euros en el caso de las infracciones muy graves.
Como otra novedad, el formulario de control sanitario, que todo viajero debe cumplimentar antes de su entrada a España, incluirá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a nuestro país.
El documento tiene que ser original, redactado en español o en inglés y en formato papel o electrónico. En el caso de que el formulario no se haya podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque, en cuyo caso tendrá que acompañarse con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.
Los pasajeros que muestren su PCR negativa podrán abandonar el aeropuerto a no ser que los controles de temperatura o documentales detecten algún síntoma o sospecha de COVID-19, en cuyo caso tendrán que hacerse un test rápido de antígenos en los mismos aeropuertos.
La importante caída del tráfico en los aeropuertos a causa de la COVID y el hecho de que los pasajeros se suelen informar muy bien de los requisitos que necesitan antes de viajar hace prever que toda la operativa se pueda realizar con bastante normalidad.