En la exposición razonada, la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, acuerda enviar toda la pieza C, referente al máster de Casado, al Supremo incluyendo, por tanto, a los siete imputados que figuran en el procedimiento, pues entiende que "podría existir indiciaria responsabilidad penal" en Casado "en íntima conexión con otras personas no aforadas".
Se trata del exrector Fernando Suárez; el exdirector del Instituyo de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos (URJ), Enrique Álvarez Conde; los profesores Pablo Chico y Alicia López de los Mozos, así como las estudiantes María José Cancio, Alida Mas Taberner y María Mateo Feito, las dos últimas exaltos cargos del PP.
Y aunque la decisión de la jueza es recurrible en reforma y en apelación, los recursos no implican suspensión alguna del procedimiento de admisión o no a tramite de la causa en el Supremo.
Casado aprobó el máster sin ir a clase y tras cursar solo cuatro de las 22 asignaturas gracias a las convalidaciones de otras 18 materias, por lo que solo tuvo que realizar cuatro trabajos de unos 90 folios -calificados con sobresaliente-, que ni la Universidad ni Conde encuentran.
'Un grupo concreto y escogido de alumnos obtuvieran el título del máster sin efectivamente cursarlo, sin mérito académico alguno, regalándoselo a modo de prebenda o dádiva'
La jueza explica que la investigación "indiciariamente" permite concluir que Conde, en connivencia con Pablo Chico y Alicia López, en la edición de 2008-2009, "dirigió una serie de actuaciones tendentes a lograr que un grupo concreto y escogido de alumnos obtuvieran el título del máster sin efectivamente cursarlo, sin mérito académico alguno, regalándoselo a modo de prebenda o dádiva".
Excluidos de ese selecto grupo de "elegidos" quedaban los alumnos "ordinarios": ellos "cursaron los estudios del máster de manera regular, sin reconocimiento de créditos a pesar de ser también algunos de ellos licenciados". Es la diferencia de trato entre "escogidos" y "ordinarios".
Estos últimos sí acudían a clase. Tratándose de un máster presencial se percibe como algo ciertamente normal. La participación era también "un elemento clave" para la evaluación del alumno "ordinario", que acudía a clase cuatro días a la semana, presentaba trabajos y se presentaba a exámenes; un sistema lectivo habitual pero lejos de la dinámica a la que se plegaron Casado y el resto de alumnos "escogidos".
La idea delictiva, explica la jueza, consiste en "regalar el máster a un grupo de alumnos elegidos, que lo aceptan, facilitando los medios para su comisión (pagando la matrícula, solicitando convalidaciones) y se benefician de ello académicamente (recogiendo el título en algunos casos, usándolo en sus currículum en otros) a pesar de no haber realizado actividad alguna para ser calificados en los créditos no reconocidos".
La magistrada sostiene que Conde "sólo benefició a alumnos con una posición relevante en el ámbito político, institucional o que mantenían vínculos estrechos de amistad o de carácter profesional con él, de modo que el resto del alumnado del máster de esa edición sí cursó con normalidad el mismo".
'Uno de los beneficiados que pudo actuar en connivencia con Conde pudo ser el aforado Pablo Casado'
Y "uno de los beneficiados que pudo actuar en connivencia con Conde pudo ser el aforado Pablo Casado que pudo verse favorecido con este regalo académico por su relevancia política e institucional".
Es por ello que la magistrada señala que para su total esclarecimiento, resultan necesarias unas diligencias de investigación que la instructora no puede acordar por ser aforado.
Pide citarle como investigado y que aporte cuanta documentación conserve del máster, no sólo los trabajos que permitieron su calificación sino cualquier documento, como correo electrónico o acuses de recibo, que evidencien que fueron efectivamente elaborados en el curso 2008-2009 y entregados en dicha fecha.
Y también el ordenador portátil antiguo en el que se encontraban archivados los trabajos presentados para su calificación en el máster, que según manifestó, aún conserva, "a fin de que por la policía judicial se informe de la antigüedad de los documentos informáticos archivados como tales trabajos y si han sufrido modificaciones a partir del 20 de marzo de 2018".
Todo ello dado que a la Universidad no les consta ningún documento de esos trabajos ni rastro documental que evidencie su aportación, como tampoco a los dos profesores que los calificaron.
Al no haber podido tomarle declaración, la jueza entra a valorar las manifestaciones públicas de Casado para concluir que "parece sorprendente" que no haya hoy día prueba documental que evidencie la remisión de esos cuatro trabajos, a diferencia de lo que ocurre con muchos alumnos, cuando Casado manifestó que entregó los mismos en mano "a puerta fría" en el Instituto de Derecho Público.
La jueza recuerda que el líder popular en varias ocasiones señaló que hizo lo que le pidieron, "pero no especifica quién se lo pidió, si los profesores o sólo el director u otra persona, cómo se lo pide, si de manera individual, presencial o por escrito o de manera conjunta con otros alumnos".
Y sobre la no asistencia a clase, Casado defiende que eso era coherente con la oferta pública que se hacía de este postgrado, "cuando con la mera lectura del folleto se puede comprobar que no es así, que el mismo diseñaba un curso presencial".
Y rebate que era sólo "un estudiante anónimo, veinteañero, o que era muy poco" cuando del informe de la Guardia Civil se desprende que ya era Diputado en la Asamblea de Madrid y presidente de Nuevas Generaciones del PP.