El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a Arnaldo Otegi frente a la sentencia del Supremo que ordenó repetir el juicio de Bateragune. Con los 7 votos de la mayoría progresista y los 4 en contra de la minoría conservadora, el tribunal de garantías ha estimado el recurso de Otegi contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó repetir el juicio, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) anulara sus condenas a entre 6 y 6 años y medio de cárcel, cuando ya habían sido cumplidas. Hay tres votos particulares y cuatro concurrentes a la sentencia.
El magistrado del Tribunal Constitucional Juan Carlos Campo proponía en su borrador de sentencia amparar a Otegi y no repetir el juicio por el caso Bateragune contra el dirigente abertzale y los demás condenados por su intento de reconstruir Batasuna a través del grupo que lleva ese nombre. Esta decisión abre la puerta a que Otegi pueda reclamar una indemnización al Estado al declarar vulnerados sus derechos fundamentales.
El Supremo siguió el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que determinó que la AN vulneró el artículo 6.1 del Convenio Europeo, ya que entendía el "temor legítimo" de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal. Estrasburgo estableció que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Angela Murillo, que anteriormente, en 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en otro juicio distinto por enaltecimiento del terrorismo en el que también estaba acusado Otegi.
En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó del caso a la magistrada, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella "prejuicio". La vista oral fue repetida y el ex portavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento