Dani Alves seguirá, de momento, en la cárcel. La Audiencia Provincial de Barcelonaha desestimado el recurso de la defensa del futbolista, que pedía su libertad provisional,y mantiene para él la provisional comunicada y sin fianza por la presunta agresión sexual a una joven en una discoteca de la Ciudad Condal el pasado mes de diciembre.
El tribunal coincide con la Fiscalíay la acusaciónen que en este caso "concurre unelevado riesgo de fuga", por varios factores, entre ellos la "elevada pena" a la que se enfrenta Alves, "los severos indicios de criminalidad" contra él y su "capacidad económica abultada", que le permitiría "abandonar España en cualquier momento".
A este respecto, el auto incide en que "no es admisible minimizar su vasto capital, propio de un jugador de futbol de élite", concluye que Alves no tiene suficiente arraigo en España y destaca además el hecho de que tiene la nacionalidad brasileña, país que no entrega a sus nacionales. Además, apunta que "el conocimiento que ahora tiene" el acusado de los indicios contra él "y de la entidad de los mismos aumentan exponencialmente el riesgo de fuga inicial".
Rechaza las medidas alternativas que propuso la defensa
La Audiencia de Barcelona asimismo descarta las medidas alternativas a la prisión provisional que proponían los abogados de Alves, por considerarlas insuficientes para neutralizar el riesgo de fuga, que califica en cualquier caso como "elevado". En este sentido, considera el tribunal que imponerle una fianza, "por cuantiosa que fuera", no supondría vincularle al proceso judicial, habida cuenta del "abultado patrimonio" de que dispone el exjugador del F.C. Barcelona.
De igual modo, sostiene que tampoco constituyen garantía suficiente las presentaciones apud acta y la retirada del pasaporte. "Nada impediría al Sr. Alves salir de España por vía aérea o marítima o incluso terrestre sin documentación y llegar a su país de origen y nacionalidad y mantenerse en Brasil sin ese pasaporte a sabiendas que no sería entregado a España ni a través de órdenes internacionales de detención o extradición", esgrime la Audiencia.
Asimismo, descarta también imponerle dispositivos telemáticos, puesto que estos "no impiden el control en fronteras que sería lo importante" y "en España no están previstos ni tienen esa función de geolocalización de los investigados".
Diversos indicios de criminalidad
En su auto, la Sección Tercera de la Audiencia asimismo recoge que los "indicios de criminalidad" contra Alves son "diversos" y resalta que no solo parten de la declaración de la propia víctima, sino que también existen testigos de los momentos previos y posteriores a la presunta agresión y "todos ellos corroboran en mayor o menor medida la declaración" de la denunciante. Además, hace referencia a lamultiplicidad de versiones que ha ofrecido el investigado.
Asimismo, alude el tribunal a la exploración médico forense de la víctima y la recogida de muestras corporalesen el lavabo de la discoteca, señalando que el análisis de ADN es coincidente con el de Alves y corroboran, "al menos indiciariamente", la versión de la denunciante referente a la penetración vaginal.
Ante todos estos indicios, la Audiencia califica provisoriamente los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual de los artículos 178 y 179 del Código Penal, con una pena prevista entre los cuatro y los 12 años de prisión.
Respuesta de la defensa de Alves
Tras conocer la decisión judicial, la defensa de Alves ha emitido un breve comunicado en el que asegura que el futbolista "sigue siendo tan inocente como lo era antes del dictado de la resolución" y que "su voluntad de abandonar España y eludir el proceso era y es inexistente".
La nota a su vez critica la resolución aseverando que es "asimétrica" y que "utiliza como indicios las afirmaciones de cargo que ofrece el atestado policial" mientras que "los elementos de descargo que ofrece la defensa los difiere para el juicio oral".