En la misma línea se ha expresado la sección tercera de la sala de lo Penal en relación al recurso interpuesto por el que fuera consejero de Bankia José Manuel Fernández Norniella, el cual desestima al considerar que tanto los administradores como los directivos tenían capacidad y experiencia para interpretar los posibles deterioros de la entidad, como exponen los peritos judiciales.
Sobre Rato, los magistrados entienden que "tenía una obligación de veracidad informativa" por la que le "era exigible adoptar cuantas cautelas y medidas de prevención fueran necesarias para asegurarse de que los estados financieros que estaba aprobando reflejaban la imagen fiel de la entidad".
En este sentido, asumen el criterio de los peritos designados por el juez instructor de la causa, Fernando Andreu, y destacan que a tenor de esta prueba "no puede afirmarse que no dispusiera de información" sobre la posible existencia de las presuntas falsedades.
Máxime cuando la reformulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de BFA-Bankia del ejercicio 2011 "estuvo motivada por fallos e inexactitudes al utilizar información disponible que podía y debía haber utilizado (Rato) y no por un empeoramiento súbito e imprevisto de la situación económica".
El recurso, al que se habían adherido otros consejeros implicados como Jesús Pedroche, Estanislao Rodríguez-Ponga y Mercedes Rojo, reprochaba el procesamiento por considerar limitada su capacidad de defensa al no haber tenido la oportunidad de estar presente en el juzgado en el momento en el que los expertos judiciales ratificaron su último informe.
Al respecto, la sala recuerda que es en el juicio oral, todavía pendiente de apertura, donde las partes han de dirimir sus controversias con la práctica de la prueba pericial.