La defensa de Begoña Gómez recurre en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid el auto del juez Juan Carlos Peinado en el que aseguraba que iba a investigar "todos los actos, conductas y comportamientos" de la investigada desde que su esposo es presidente del Gobierno.

En el escrito al que ha tenido acceso laSexta, se definede que se trata de una investigación "prospectiva e inquisitorial", que están prohibidas según la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional. "Es indiscutible, pues, que no cabe en una Jurisdicción Penal de un Estado de Derecho avanzando como el nuestro la investigación de toda la vida de mi representada, ni siquiera con la vinculación de esa formulación que hace el auto objeto de recurso a la denuncia inicial del Sindicato Manos Limpias. En definitiva, que no cabe una investigación de todos los actos, conductas y comportamientos de nadie en un sistema procesal penal democrático", ha señalado la defensa de la mujer del presidente del Gobierno.

En cuanto a el tenor literal de lo que para el Juzgado de Instrucción 41 constituye el objeto del presente procedimiento, el exministro Antonio Camacho ha asegurado queva "en contra" de lo resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid en su Auto de fecha 29 de mayo del 2024. En dicha resolución resolución se señalaba expresamente que de la denuncia inicial que recogía tres bloques de hechos solo cabía investigar un solo bloque el relativo a los contratos de Red.es. Pues bien, "la investigación de ese bloque de contratos, el único que debía ser investigado según la Audiencia Provincial, se avoco a la Fiscalía Europea por lo que ya no es objeto del presente procedimiento", ha apuntado.

A juicio del abogado de Gómez, Antonio Camacho, el Juzgado está yendo más allá de los límites de la investigación, tal y como esta fue configurada en el auto de la Audiencia Provincial antes mencionado sin que se hayan aportado elemento probatorio alguno que pueda servir para iniciar la investigación en los ámbitos que investiga en este momento el juzgado de Instrucción 41 de los de Madrid.

El auto concluye: "Si no existe la mínima base indiciaria que relacione a mi representada ni con los contratos que se están investigando alguno de ellos licitados en el Ayuntamiento de Madrid, contratos que ya eran mencionados en el atestado presentado por la Uco sin que se señalara la vinculación de estos contratos con mi representada, ni con las vicisitudes económica de Air Europa; mi representada debe dejar de estar en este procedimiento en calidad de investigada. Y todo ello sin perjuicio de que los hechos por los que se inició esta causa estén siendo investigados por la Fiscalía Europea".