El BOE ha publicado este viernes la resolución del Ministerio de Sanidad que aclara el modo en que las personas de 14 años en adelante podrán volver a realizar actividad física al aire librea partir de este sábado, que supone un nuevo paso hacia la relajación de las restricciones decretadas para frenar la expansión la pandemia de coronavirus. La disposición estará vigente desde las 00:00 horas del día 2 de mayo y tendrá vigencia hasta la finalización del estado de alarma.
Como explicó este jueves el titular de Sanidad, Salvador Illa, con el objetivo de evitar aglomeraciones y asegurar la distancia interpersonal, las salidas se limitarán a determinadas franjas horarias. De modo que losmayores de 70 años y personas dependientes acompañadas podrán salir en dos tramos, 10.00 a 12.00 horas y de 19.00 a 20.00 horas, los mayores de 14 añospodrán salir a realizar actividad física o pasear de 6.00 a 10.00 horas y de 20.00 a 23.00 horas, mientras que el tramo central del día, de 12.00 a 19.00 horas, queda reservado para la salida de los niños.
Excepciones en las franjas horarias
Estas salidas, excepto en el caso de los niños que siguen limitadas a una hora, no tienen límite de tiempo más allá de las propias franjas y solo podrán realizarse una vez al día. Sin embargo, la norma publicada este viernes detalla que estas franjas no serán de aplicación en casos en los que por razones médicas, siendo acreditadas, se recomiende la práctica de la actividad física fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad.
Cabe recordar que franjas horarias previstas no serán de aplicación a aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas
Sin límite de distancia para el deporte
En cuanto a la distancia, los paseos no podrán alejarse más de un kilómetro de distancia mientras que para la práctica de deporte no hay límite de distancia siempre y cuando se realice dentro del municipio de residencia, tal y como adelantó laSexta tal y como adelantó laSextaeste jueves.
El texto también aclara que mientras que el deporte deberá llevarse a cabo de manera individual, los paseos podrán realizarse acompañados por una persona con la que se conviva, excepto las personas dependientes que podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual, caso que también se contempla en el caso de que vayan a realizar actividad física.
Evitar paradas
En cualquier caso, la actividad física deberá realizarse manteniendo una distancia interpersonal de al menos dos metros y se recomienda evitar espacios concurridos. Por otra parte, la norma establece que, en la, medida de lo posible, la actividad física se realice evitando paradas y se lleve a cabo, por tanto, de manera continuada y señala que cuando las paradas sean necesarios se lleve a cabo el tiempo estrictamente necesario.
La norma recuerda que la recomendación para población adulta es realizar "al menos 150 minutos de actividad moderada a la semana o 75 minutos de actividad vigorosa" y señala que la orden ministerial "da cumplimiento a dicha recomendación".
No se podrá usar el coche
En cuanto a los lugares permitidos para llevar a cabo la actividad física, la disposición señala que se podrá circular por "cualquier vía o espacio de uso público", lo que incluye los espacios naturales y zonas verdes autorizadas por las autoridades locales. Pero advierte de que no se podrá hacer uso de ningún vehículo, tanto personal como de transporte público, para desplazarse para ir a hacer deporte e igualmente recuerda que no está permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades previstas en esta orden.
En ningún caso, las personas con síntomas o que se encuentren en cuarentena podrán beneficiarse de este alivio del confinamiento y tampoco las personas que vivan en residencias, aunque en este caso, la disposición apunta que las Comunidades Autónomas podrán, respetando la regulación, adoptar medidas. [Consulte aquí la resolución del BOE]