El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden que regula la flexibilización de las medidas de restricción de movimientos y actividades de la fase 1 del plan de desescalada, que se extenderá a partir del lunes 11 de mayo para buena parte del territorio y algo más de la mitad de la población.
La orden afecta al territorio completo de Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Aragón, Extremadura y Murcia, así como de Canarias y Baleares, donde se suman todas las islas a las que ya estaban en fase 1 en ambos archipiélagos, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Por su parte, Madrid, Cataluña y Castilla y León, con pequeñas excepciones en sus territorios, seguirán en la fase 0 o de preparación, en la que también permanecerán de momento las provincias castellanomanchegas de Toledo, Ciudad Real y Albacete, las andaluzas de Málaga y Granada y 14 de los 24 departamentos sanitarios de la Comunidad Valenciana.
Apertura de terrazas y lugares de culto
La orden permite en esta primera fase permite reuniones de hasta diez personas dentro o fuera del domicilio, la apertura de terrazas de bares hasta el 50% de su capacidad y de pequeños comercios sin cita previa, así como velatorios con un número limitado de asistentes o lugares de culto con un tercio de fieles.
Asimismo, las empresas de las regiones que desde el próximo lunes entrarán en la fase 1 de la desescalada deben continuar ofreciendo el teletrabajo siempre que sea posible y, cuando no lo sea, proporcionar el distanciamiento adecuado de los trabajadores y seguir medidas de limpieza de las instalaciones. En este sentido, las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores de forma permanente geles hidroalcohólicos o desinfectantes y equipos de protección (EPIS) cuando la distancia entre ellos sea inferior a dos metros.
También abren concesionarios, ITV, administraciones de lotería y viveros
El Gobierno también permitirá en las provincias y zonas que han pasado a la fase 1 de la desescalada la reapertura al público a partir del lunes 11 de mayo de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas "sea cual fuera su superficie útil" mediante la utilización de cita previa y también podrán abrir las administraciones de lotería.
Además, el BOE recoge que podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, "siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados", si bien se exceptúan aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.