El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la condena al exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, de 8 años y medio a 5 años y ocho meses de prisión, mientras que ha mantenido la pena al expresidente del Govern de Baleares Jaume Matas de 3 años y ocho meses de cárcel. En la sentencia, la Sala II condena a Torres por los delitos de malversación, prevaricación y fraude a la administración, y le absuelve de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad documental.

Además, le rebaja la multa de 2,96 millones a 1,23 millones de euros y le impone 4 años de inhabilitación absoluta y cinco de inhabilitación especial, frente a los ocho de la sentencia de Palma. Respecto a Jaume Matas, la Sala ratifica en los mismos términos el pronunciamiento de la Audiencia de Palma, que condenó al expresidente balear a 3 años y ocho meses por delitos de prevaricación en concurso con falsedad y malversación y por fraude a la administración, y le impuso siete años de inhabilitación.

Iñaki Urdangarin en la Audiencia de Palma

El Supremo rebaja la condena de Torres, para quien la Fiscalía reclamó en su recurso elevarla a 12 años y 4 meses, al ser absuelto de los delitos de blanqueo, por no aparecer claramente establecida la vinculación de los fondos movilizados con la cuota tributaria defraudada, y de tráfico de influencias al no reflejar los hechos probados su participación directa en esa conducta. También le absuelve del delito de falsedad -como ha hecho con Urdangarin- al no darse como probada una intervención de ninguno de los dos en la documentación falsaria elaborada por los funcionarios para plasmar y justificar las resoluciones arbitrarias analizadas.

La Sala entiende así que no se les atribuye un conocimiento ni participación en maniobras falsarias llevadas a cabo exclusivamente por quienes a efectos penales tienen la consideración de funcionarios o autoridad. No obstante, el tribunal detalla que la absolución por falsedad en el caso de Torres no implica en la práctica una reducción de la pena debido a los mecanismos que contempla el Código Penal en casos de concursos de delitos, como así sucede con Torres, cuya condena por falsedad iba aparejada a malversación y prevaricación, delitos que sí se mantienen.

José Castro, juez instructor del 'caso Nóos'

Respecto a Matas, el Supremo ratifica los tres años y ocho meses que la Audiencia de Palma le impuso al exministro y expresidente del Govern balear, que ya tiene dos condenas firmes por corrupción y tres juicios más pendientes dentro de la macrocausa del Palma Arena, procedimiento matriz del caso Nóos. Mantiene también la pena de siete años de inhabilitación y la multa de unos 205.000 euros que deberá consignar a la Fundación Illesport, una cantidad similar a la de Torres y Urdangarin.

Igualmente, la Sala ratifica las condenas de la "rama balear" impuestas por la Audiencia de Palma: 15 meses al exdirector general de Deportes de Baleares José Luis Ballester; 15 meses al exgerente de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal; 1 año al exgerente del Instituto Balear de Turismo Juan Carlos Alía; y 1 año de cárcel al exasesor jurídico de dicho Instituto Miguel Àngel Bonet. A todo ellos se les sustituye la pena de prisión por una multa al aplicarles la atenuante de colaboración y reparación del daño.

La sentencia del 'caso Nóos', sometida a análisis por el juez Castro: "Las penas son leves"

Del mismo modo, confirma las absoluciones de otros diez acusados que son la infanta Cristina, la esposa de Diego Torres, Ana María Tejeiro; su hermano Marco Antonio Tejeiro, contable del Instituto Nóos, y el asesor fiscal Salvador Trinxet. Y los cinco acusados de la "rama valenciana": el exvicealcalde de Valencia Alfonso Grau; el exsecretario de Turismo de la Comunidad Luis Lobón; el exdirector de la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) de Valencia José Manuel Aguilar; el también exdirector de CACSA Jorge Vela; la exresponsable jurídica de esa sociedad, Elisa Maldonado, y la ex consejera delegada de la candidatura Madrid 2016, Mercedes Coghen.