El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) saliente ha emitido un informe en el que advierte de que, antes de otorgar a la Fiscalía la instrucción de causas penales, es "imperativo" reforzar su independencia para que no esté sujeta a órdenes, instrucciones, "injerencias o presiones externas".
El pleno del órgano de gobierno de los jueces ha abordado este jueves el informe de varios vocales sobre el anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) de noviembre de 2020, en la época de Juan Carlos Campo como ministro de Justicia, que propone que sean los fiscales y no los jueces los que dirijan las investigaciones penales.
El ministro de Justicia, Félix Bolaños, prometió recientemente impulsar la reforma, que incluyó en el plan normativo del Gobierno para este año, y reprochó el pasado marzo al CGPJ que llevase más de tres años sin emitir su informe preceptivo, que no es vinculante.
Desde entonces, ha habido varios amagos para haber llevado el informe al Pleno mucho antes pero al final el asunto se iba postergando con el compromiso de resolverlo antes del verano. Y aunque se ha visto en el pleno de junio, los vocales no lo han votado porque creen que lo pertinente es que lo hiciera el nuevo CGPJ, según explican fuentes jurídicas, es decir, que el futuro Consejo votará un informe que no ha realizado ninguno de sus miembros.
Una eterna reivindicación
La reforma de la Lecrim para atribuir la investigación de los delitos a los fiscales es una eterna reivindicación de la mayoría de la carrera fiscal que asoma con cada nuevo Gobierno, pero que nunca terminar de ver la luz. De hecho, una prueba de la dificultad de desarrollarlo es lo ocurrido con el informe del Consejo.
El texto, que tiene 580 páginas y 382 conclusiones, deja claro que el nuevo modelo "sólo puede ponerse en marcha si con carácter previo se aborda una ambiciosa reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal" que "enfatice y fortalezca" la independencia de la Fiscalía.
Y eso "tanto en su dimensión externa, de modo que no esté sujeto a órdenes ni instrucciones de ningún tipo impartidas por terceros y quede protegido de injerencias o presiones externas, como en su dimensión interna, introduciendo contrapesos adecuados a los principios orgánicos de jerarquía y de unidad de actuación".
Sobre este último aspecto, propone "reforzar la colegialidad en la toma de decisiones mediante el carácter preceptivo y, en su caso, vinculante del informe del Consejo Fiscal o la Junta de Fiscales de Sala", una actuación que "resulta especialmente pertinente en los casos de discrepancia entre el fiscal y el fiscal jefe, modulando así en este punto medular el alcance del principio de jerarquía".
Igualmente, sugiere replantear las instrucciones particulares que "condicionan abiertamente la autonomía e independencia" del fiscal en un asunto concreto, por lo que "o se opta por suprimirlas o se regulan con mayores garantías, exigiendo que sean siempre transparentes, por escrito y motivadas", y "prohibiéndose las que tengan sentido negativo, de abstenerse de actuar".