La inminente publicación de la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE) será el punto de partida de la batalla que se vivirá en los próximos meses en los tribunales para tratar de frenar su aplicación. Una guerra jurídica en la que tendrán un papel protagonista los 300 jueces y tribunales que tendrán que aplicar la norma, las defensas de los dirigentes independentistas imputados o condenados, la Fiscalía y las acusaciones populares, entre las que se encuentran formaciones de extrema derecha como Vox.
Una vez que la norma entre en vigor, los órganos judiciales que tengan causas que puedan verse afectadas por la amnistía -todas las que tengan que ver con el proceso independentista desarrollado en Cataluña entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023- tendrán un plazo de dos meses para poner en marcha el procedimiento para su aplicación.
La primera posibilidad es que los jueces o tribunales decidan aplicarla, lo que finalizaría el proceso si todas las partes están de acuerdo. Si no lo están podrían plantear los recursos correspondientes, que acabarían en el Tribunal Supremo en la vía ordinaria y en última instancia, si se apela a la vulneración de derechos fundamentales, en el Tribunal Constitucional o en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Vías para parar la amnistía
La segunda posibilidad es que valoren que la amnistía no se puede aplicar porque los casos que tienen entre manos no se ajustan al texto legal aprobado este jueves. Esa es la vía que defienden los cuatro fiscales que representaron al Ministerio Público en el juicio del procés. Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Fidel Cadena y Jaime Moreno han entregado un escrito al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el que defienden que la amnistía no se puede aplicar a los condenados e investigados por malversación porque los gastos del referéndum del 1 de octubre se sufragaron con fondos públicos y, por lo tanto, comportaron "ánimo de lucro" y "enriquecimiento ilícito", excepción reflejada expresamente en la ley de amnistía.
Las consecuencias directas de este planteamiento, que tendría que ser asumido por el Supremo para llevarse a la práctica, serían que la orden de detención nacional para Carles Puigdemont y el resto de fugados seguirían vigentes y no se revocarían. A ello habría que añadir que tampoco se extinguirán las inhabilitaciones para los condenados, de forma que Oriol Junqueras no podría presentarse a las elecciones hasta el año 2031.
Los fiscales, sin embargo, consideran que sí podría aplicarse la amnistía a los otros dos delitos que penden sobre el expresidente de la Generalitat por el proceso soberanista de 2017: desórdenes públicos agravados, que sustituyó al delito de sedición tras su eliminación del Código Penal, y desobediencia. Aún así, Puigdemont podría enfrentarse a un horizonte penal de hasta 12 años de cárcel por la modalidad agravada del delito de malversación. Los únicos que quedarían exonerados de cualquier responsabilidad penal serían los activistas Jordi Sánchez y Jordi Cuixart.
El terrorismo de Tsunami
El otro gran escollo que tendrán que salvar los valedores de la amnistía en los tribunales es el del delito de terrorismo, por el que están imputados Puigdemont y más de una decenas de dirigentes independentistas empresarios y periodistas, a los que se les atribuye organizar los disturbios que se produjeron en Cataluña en el año 2019 como resultado de las protestas organizadas por la plataforma Tsunami Democràtic.
Puigdemont y el diputado de ERC Rubén Wagensberg son investigados por la juez del Supremo Susana Polo, mientras que los investigados que no tienen aforamiento -entre ellos, la dirigente de ERC Marta Rovira o el jefe de gabinete de Puigdemont, Josep Lluis Alay- tienen que responder de sus actos ante el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, que abrió la vía a que estos hechos fueran perseguidos como terrorismo.
La ley aprobada por el Congreso excluye expresamente la aplicación del terrorismo a los casos en los que se produzca una "vulneración grave de los derechos humanos", de acuerdo con lo recogido en la directiva europea contra el terrorismo de 2017 y en el artículo de la Convención Europea de Derechos Humanos. Se trata, en concreto, de actos graves con resultado de muerte, torturas o tratos degradantes.
García-Castellón ha explorado esa vía al considerar que la toma del aeropuerto de El Prat por parte de los manifestantes puso en riesgo las vidas de los pasajeros que se encontraban en la terminal al bloquear una de las torres de control. También ha admitido la personación en la causa de varios agentes de policía que resultaron gravemente heridos en la plaza Urquinaona de Barcelona y sus inmediaciones, al sufrir el impacto de piedras y adoquines que los manifestantes.
El camino hacia el TC y el TJUE
La tercera posibilidad es que el Supremo y el resto de jueces y magistrados que tengan que decidir sobre la amnistía observen dudas en torno a la ley. Si creen que choca con la Constitución, podrían plantear cuestiones ante el Tribunal Constitucional, que tendría que resolver los procedimientos planteados por los jueces y los recursos que podrían interponer 50 diputados y senadores, El Defensor del Pueblo, los gobiernos autonómicos y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.
Los jueces también podrían considerar que la amnistía puede chocar con el ordenamiento jurídico comunitario, lo que abriría la posibilidad de que planteen cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En los dos casos las resoluciones de los órganos de garantías tardarían meses en resolverse y los procedimientos afectados quedarían en suspenso, por lo que las responsabilidades exoneradas por la amnistía seguirían plenamente vigentes.