El delito de sedición está más cerca de ser historia. Tras lograr sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado este jueves en el Congreso de los Diputados, el Gobierno ha obtenido la mayoría suficiente en una votación extra cerrada de madrugada para dar el primer paso para hacer desaparecer este delito del Código Penal y sustituirlo por el conocido como 'desórdenes públicos agravados'.
La votación ha sido a viva voz después de la insistencia del PP para que los parlamentarios dijesen de uno en uno el sentido de su voto, liderando una campaña bajo el lema 'No seas cómplice' en la que han reclamado "responsabilidad y altura de miras" a los diputados del Grupo Socialista.
Sin embargo, este llamamiento del principal partido de la oposición no ha surtido efecto y finalmente la votación ha salido adelante con 187 'síes', 155 'noes' y seis abstenciones. El proceso se ha visto interrumpido en varias ocasiones debido al ruido de los diputados, habiendo un momento de aplausos por parte de la bancada del PSOE tras haberse puesto todos de pie al comienzo de la emisión de los votos, demostrando su unidad de voto en una clara alusión al PP.
Según traslada ha trasladado el PSOE, el momento ha tenido lugar durante la votación de Inmaculada Oria, primera diputada socialista en votar, que ha dicho: "Aquí estamos todas las y los socialistas juntos, sin fisuras. Sí". Tras este momento, Meritxell Batet ha pedido que los diputados se limitasen a decir 'sí', 'no' o 'abstención'.
¿Y ahora, qué? El cambio más grande con el final del delito de sedición vendría en la reducción de penas, pasando de 15 años de pena máxima para autoridades públicas que cometan el delito a cinco años.
Con la reforma, el delito de desórdenes públicos quedará redactado de la siguiente forma: "Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios".
Si a este párrafo se añade el agravante de ser cometidos por una multitud "cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público", las penas pasarían de tres a cinco años. En cuanto a la inhabilitación de autoridades públicas, la pena será "absoluta por tiempo de seis a ocho años".
Con la reforma aprobada, podrá haber "revisión de las sentencias firmes dictadas antes de la vigencia de esta ley", las cuales serán competencia de los Juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias provinciales que el Consejo General del Poder Judicial designe. Para los líderes del 'procés', supondrá una rebaja en la condena de Puigdemont o en la inhabilitación de Junqueras.