El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo interpuesto por los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por 7 votos a 4. El alto tribunal ha tomado la decisión este martes en un plen en el que debatían los últimos recursos de los ERE fraudulentos de Andalucía.

Antes, el pleno había comenzado con la recusación promovida por parte del PP de la vicepresidenta del TC y ponente de las sentencias, Inmaculada Montalbán; y de la magistrada María Luisa Balaguer por posibles causas de incompatibilidad, que han quedado rechazados.

Por el contrario, el Pleno ha desestimado el recurso de amparo de Juan Márquez Contreras, ex alto cargo del PSOE, por los delitos de prevaricación y malversación.

Vulnerado el derecho a la legalidad penal

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En el caso de Chaves, estaba condenado por un delito de prevaricación a las penas de 9 años de inhabilitación especial. Sobre Griñán pesaba una condena de 6 años y 2 días de prisión e inhabilitación absoluta por 15 años y 2 días. El Tribunal declara que se ha vulnerado el derecho a la legalidad penal y ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo respetuoso con los derechos fundamentales infringidos.

La sentencia ha contados con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla y César Tolosa Tribiño y de la magistrada Concepción Espejel Jorquera.

"Por fin se ha hecho justicia"

Tras conocer la noticia, Manuel Chaves ha señalado que tiene "la sensación de que por fin se ha hecho justicia", al tiempo que ha quedado demostrado, en su opinión, que "no había trama política" en torno a ese asunto.

El también expresidente del PSOE y exsecretario general del PSOE andaluz se ha pronunciado así en unas declaraciones difundidas por el PSOE-A al hilo de la decisión del Pleno del Constitucional. Tras esta resolución, Manuel Chaves ha declarado que siente "una enorme alegría y satisfacción", que se extiende a todos sus "compañeros", porque "tenemos razón".

"Vinieron a por nosotros, y ahora ha quedado todo desmontado", ha dicho también Manuel Chaves, que ha subrayado igualmente que "siempre" ha "confiado en la justicia", que tiene "valores democráticos", que siempre ha creído "en la democracia, en las leyes, y eso implica respetar las sentencias aunque no te gusten, a diferencia de lo que ha ocurrido con el Partido Popular", al que "sólo le sirve la justicia cuando le da la razón", ha apostillado para concluir.

Rechazadas las recusaciones

Con respecto a las recusaciones de las magistradas Montalbán y Balaguer, el Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha inadmitidolas recusaciones por extemporáneas, como estaba previsto. Desde el tribunal se apunta que esas recusaciones son "extemporáneas", dado que se notificó hace más de año y medio la avocación al Pleno del asunto y la composición del mismo. Además, en estas semanas el TC ha dictado siete sentencias sobre otros recursos del mismo caso. La inadmisión de las recusaciones han facilitado la resolución con respecto de Chaves -igual que lo hará con Griñán-, pues contaban con el apoyo de los siete magistrados del bloque progresista y el voto en contra de los cuatro magistrados del sector conservador.

Además de los recursos de Griñán y Chaves, en la agenda del pleno este martes estaban también los recursos del resto de condenados que recurrieron al TC, como son los del exconsejero de Presidencia Gaspar Zarrías; el exdirector general de Presupuestos y exviceconsejero de Presidencia, Antonio Vicente Lozano; y el exdirector general de Trabajo, Juan Márquez.

En síntesis, lo que pide el Constitucional aplica los mismos argumentos que en los fallos anteriores de los ERE: que la elaboración de los anteproyectos y su aprobación como proyectos de ley no constituye prevaricación; que a partir de 2002 se actuaba conforme a la cobertura de la Ley de Presupuestos aprobada por el Parlamento andaluz y que no es lo mismo gestionar las ayudas en la Consejería de Empleo que aprobar las partidas presupuestarias. En el caso de Griñán, condenado a seis años de prisión y 15 de inhabilitación, el texto elimina totalmente la malversación y hace lo mismo con la prevaricación a excepción de una modificación presupuestaria realizada para la partida 32H, ajena al programa de ayudas sociolaborales, el mismo escenario que afectó a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo.

Dicha partida fue aprobada el 9 de diciembre de 2004 por el Consejo de Gobierno presidido por Chaves y con Griñán como consejero de Hacienda, siendo Martínez Aguayo su número 2 en la Consejería. De ser así las cosas para Griñán, algo previsible, la sentencia eliminaría definitivamente toda opción de ingreso en prisión, algo que hasta la fecha no ha sucedido porque la Audiencia de Sevilla suspendió la pena por cinco años debido al cáncer que padece. Y en cuanto a Chaves, la ponencia anula la prevaricación en lo relativo a los proyectos de Ley de Presupuestos, pero no así en lo que se refiere a las modificaciones presupuestarias anteriores a que ese mecanismo se introdujera por ley. Así las cosas, el texto acota los hechos de la prevaricación a cinco modificaciones presupuestarias entre 2000 y 2001 cuando presidía la Junta así como a la partida 32H de 2004.