El Consejo de Ministros ha contemplado este martes una serie de supuestos en los que los menores de 14 años podrán salirde casa, acompañando a un adulto, durante el confinamiento por el coronavirus.
Un texto que se incluye dentro del Real Decreto que establece una nueva prórroga del estado de alarma hasta el 10 de mayo y que el Gobierno llevará al Congreso este miércoles para su convalidación, por lo que podría sufrir cambios si se introducen las enmiendas que puedan plantear los grupos parlamentarios.
Por ahora, el documento que ha salido del Consejo de Ministros recoge las mismas excepciones a la limitación a la circulación que ya establecía el anterior Real Decreto, e introduce la posibilidad de que los menores de 14 años acompañen "a un adulto responsable de su cuidado" cuando este realice aquellos recados permitidos por el estado de alarma, en concreto:
1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, así como adquisición de otros productos y prestación de servicios de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
4. Retorno al lugar de residencia habitual.
5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
A estos supuestos se suma la posibilidad de que los niños menores de 14 años puedan salir a dar paseos a partir de este mismo domingo, tal y como ha anunciado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, este martes. Según ha explicado, si el Congreso aprueba el nuevo decreto del estado de alarma, esto le permitirá dar dicha orden este fin de semana.