España sigue sumergida en un mar de dudas jurídicassobre las capacidades de los mandos regionales para controlar la pandemia en sus territorios tras el fin del estado de alarma. Pero el Gobierno central no cede: ni lo prorrogará ni tampoco ejecutará cambios legales adicionales para dotar a las comunidades de nuevos mecanismos con los que luchar contra el virus. Desde el Ejecutivo insisten en que las autonomías cuentan con las herramientas suficientes para implementar normas que permitan manejar correctamente la situación epidemiológica en cada zona.
El ministro de Justicia ha insistido este lunes en que no hay motivos para prorrogar el estado de alarma "porque ahora el marco es tremendamente desigual" en distintos puntos del país, pero sí ha querido recordar que las autonomías, si así lo requieren, tienen la capacidad de solicitar su aplicación en sus respectivas demarcaciones: "Una comunidad puede pedirlo y el Gobierno respetará la decisión y decretará el estado de alarma para ese territorio". Pero ¿es posible realmente solicitarlo en casos determinados?
Sí, lo es. Es la opción que propone el Gobierno, según explicaba Juan Carlos Campo en laSexta, contra las intenciones del PP de que "otro le ponga el cascabel al gato". Su planteamiento genera dudas entre los líderes autonómicos que han visto rechazadas por la Justicia sus peticiones para imponer restricciones y que no han utilizado otra vía para combatir la curva de contagios. Pero lo cierto es que ya en agosto de 2020 Pedro Sánchez abrió la puerta a que las regiones pudieran solicitar la declaración de mecanismo constitucional en sus territorios o parte de ellos para decretar medidas como el confinamiento.
Aunque, según dicta la Constitución Española, solo el Gobierno central puede declarar este escenario excepcional en cualquier parte del mapa nacional, es posible que el dirigente de una comunidad lo pueda pedir. "Cuando los supuestos a que se refiere el artículo anterior (catástrofes, calamidades o desgracias públicas; crisis sanitarias; paralización de servicio públicos esenciales; situaciones de desabastecimiento) afecten exclusivamente a todo, o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el Presidente de la misma, podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma",se recoge en el artículo quinto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.
La Autoridad competente será (...) el Presidente de la Comunidad cuando la declaración afecte exclusivamente a parte del territorio"
A continuación, en el artículo sexto, se especifica que este mecanismo, que se llevará a cabo "mediante decreto acordado en Consejo de Ministros", no podrá "exceder de quince días", pudiéndose prorrogar únicamente "con autorización expresa del Congreso de los Diputados". Cabe detallar además en lo referente a esta cuestión que el dirigente de turno puede ejercer de forma unilateral esta petición, sin consensuarlo previamente con el Parlamento, pues así lo establece la ley, que en su artículo siete precisa que "la Autoridad competente será (...) el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a parte del territorio de una Comunidad".
Aunque Sánchez afirmó el verano pasado que "quién mejor que el presidente autonómico para explicar la situación" de crisis sanitaria en una región concreta, la verdad es que el Gobierno central también es capaz de decretar el estado de alarma en una comunidad aunque esta no esté de acuerdo. Así sucedió en octubre de 2020, cuando el Ejecutivo decidió decretar el estado de alarma en la Comunidad de Madrid durante 15 días tras la negativa de la presidenta, Isabel Díaz Ayuso, a consensuar una fórmula legal para mantener el confinamiento perimetral en la región.
Si bien el PP sigue siendo contrario a la aplicación del estado de alarma y apuesta por modificar la ley de Salud Pública del 86 para dotar a los territorios de un marco legal para poder limitar la movilidad, la situación urge a implementar medidas que no permitan que la incidencia acumulada, los contagios y los ingresos hospitalarios derivados de la pandemia se disparen. Aunque la gravedad de la situación epidemiológica se ha relajado y el proceso de vacunación avanza a buen ritmo -Sánchez ha advertido de que quedan menos de 100 días para llegar al objetivo del 70% de población inmunizada-, un movimiento en falso podría provocar que España rompa con lo andado para salir por fin de una crisis sanitaria que sigue arrojando cifras dramáticas diariamente.
Incertidumbre jurídica
La incertidumbre sigue rondando todo este lío político y judicial que parece no haber hecho más que comenzar. Como se esperaba, los tribunales superiores de justicia ya han emitido distintos fallos sobre las reclamaciones de las administraciones para mantener restricciones que afectan a derechos fundamentales -hasta ahora amparadas por el estado de alarma-, como el de movilidad y reunión. Y eso ha provocado una gran confusión: si bien el TSJIB ha permitido prolongar el toque de queda y el cierre perimetral en Baleares, el TSJC ha tumbado esas mismas restricciones para Canarias.
Esto ha llevado a Canarias a ser el primer territorio en recurrir ante el Tribunal Supremo este rechazo judicial, obligando al Alto Tribunal a pronunciarse sobre las restricciones. Así se estableció a través de un decreto-ley que no sentó bien entre los miembros del gabinete técnico de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. En medio de este caos, incluso el Gobierno se desdice sobre cómo proceder en lo relativo a esta cuestión. Es lo que le ha pasado al ministro de Justicia, que en cuestión de horas ha hecho variar de forma notable la posición del mando central.
A primera hora de la mañana de este lunes, Juan Carlos Campo aseguraba que el Ejecutivo estaba abierto a cambios legislativos si el Supremo bloqueaba las medidas de las autonomías contra la pandemia. Esto es, según indicaba en un artículo publicado en el diario 'El País', que "si de las resoluciones" de la Justicia "se desprende la necesidad de realizar cambios legales adicionales se estudiarán y propondrán en las Cortes". No obstante, muy poco después el propio ministro aclaraba en Al Rojo Vivo que "no se está preparando nada" en este sentido porque existe "un arsenal normativo" para "1.000 situaciones diferentes".
Se refería Campo a acciones como el cierre de la hostelería o de centros comerciales, amén de otras decisiones que permitirían evitar las aglomeraciones y que se podrían llevar a cabo sin necesidad de un escenario de excepcionalidad. Como las acordadas en el Consejo Interterritorial, que impiden las agrupaciones en la vía pública superiores a seis personas -lo que penalizaría actitudes irresponsables como las dadas en Madrid, Barcelona o Salamanca este fin de semana-. Así respondía el ministro, apoyado horas después por Pedro Sánchez desde Grecia, a las críticas de Casado y de las comunidades gobernadas por el PP, que han acusado al Gobierno de "pasividad", aunque ni siquiera han consultado a la justicia sobre restricciones como el toque de queda.
Una crítica que ha mantenido Sánchez también este martes. El presidente cree que "no puede ser" que la oposición haya reclamado en los últimos días el estado de alarma cuando se rechazó su aplicación el pasado mes de octubre. Queriendo ir más allá, ha cargado también contra la iniciativa de Casado para tocar la Ley de Salud Pública -norma con la que se desea dar cobertura jurídica a las comunidades, afirmando que "no va a sustituir nunca la Constitución Española". Y se ha mostrado tajante una vez más a fin de zanjar de una vez por todas esta discusión: "Quiero ser claro, el estado de alarma es el pasado, hay que mirar al futuro, y el futuro se llama vacunación, vacunación y vacunación".