Las comunidades autónomas continúan aplicando nuevas restricciones para hacer frente a la quinta ola de coronavirus. Y, en este contexto, ya hay algunas regiones que están utilizando un nuevo arma de control: el certificado COVID, con el que no solo se puede demostrar la pauta completa de vacunación, sino también la realización de pruebas PCR o el haber pasado la enfermedad.
En este sentido, con el objetivo de reducir la incidencia, ya hay dos comunidades que se han animado a exigir el documento para poder entrar al interior de bares y restaurantes: Galicia y Canarias. En el caso de la primera, la norma entra en vigor a partir de mañana, sábado. Así, según adelantaba el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, el certificado será demandado en aquellos municipios con alta propagación del virus.
En cuanto a Canarias, la decisión se tomó este jueves cuando se elevó el nivel de alerta epidemiológica de cuatro islas (además, con Tenerife en riesgo extremo). En este contexto, en todos los municipios que estén en nivel 3 o superior se exigirá dicho certificado para mantener determinados aforos en hostelería, restauración o centros de ocio y deporte.
La Comunidad Valenciana se lo plantea
Además de las dos regiones mencionadas, donde los respectivos ejecutivos autonómicos ya han decidido aprobar la medida, hay algún que otro territorio que sigue oteando la posibilidad. Este es el caso de la Comunidad Valenciana.
En esta línea, el pasado 15 de julio el secretario autonómico de Turismo de la Generalitat, Francesc Colomer, planteó que "el certificado verde digital, que garantiza que la persona portadora está inmunizada contra el coronavirus, sea exigible no solo para viajar, sino también para recintos culturales, conciertos, festivales u otras actividades relacionadas con el turismo y la hostelería".
Así, según el dirigente, se trataría de una restricción para hacer frente al coronavirus que "cuenta con el respaldo del sector turístico". Además, afirma que desde el gobierno regional se ha mantenido contacto en los últimos días con dicho sector, razón por la que ya se le ha comunicado al Gobierno central que facilite su aplicación "lo antes posible".
Así puedes pedir el certificado COVID
La primera opción es solicitar el certificado a través del Ministerio de Sanidad. El procedimiento es sencillo: en primer lugar, debes acceder a la web del ente gubernamental en este enlace. Una vez dentro, pulsa en el apartado de "Solicitud de certificado COVID digital de la UE". Verás que aparece en el centro de la página, con opción a abrir el archivo en una pestaña aparte.
Realizado este paso, aparece un texto con información sobre el certificado. Para acceder a él, existen dos vías: por un lado, el certificado digital —recuerda que para poder ponerlo en funcionamiento debes tener activado el programa Autofirma, que puedes descargaraquí—, o bien el formato Cl@ve (aquí puedes ver cómo solicitarla si no la tienes).
Una vez hecho esto, simplemente elige el certificado digital que quieres usar (con tu identidad) y podrás empezar a hacer la solicitud. En ella, debes de poner tu nombre y apellidos, así como la comunidad en la que resides. Asimismo, deberás elegir una de las dos opciones: certificado de vacunación o certificado de recuperación. Después de seguir estos pasos, te dará la opción de descargar un PDF. Y listo, podrás llevar el certificado COVID en tu propio móvil.
La segunda opción es hacerlo a través del portal de salud de tu comunidad autónoma. A día de hoy, todas las regiones emiten el certificado en caso de que hayas recibido las dos dosis de la vacuna, pero hay dos regiones (Extremadura y Castilla-La Mancha) que aún no recogen la información de pruebas PCR. Para acceder a cada uno de estos portales, basta con que pinches en este enlace; después, pulsa sobre tu comunidad y accede al apartado "Servicio de Solicitud de Certificado COVID Digital".
Estas son las personas que pueden acceder al certificado COVID
A pesar de que la función principal de este documento es acreditar la inmunización de los residentes de la UE, este recoge todo tipo de información sanitaria referente al coronavirus. De este modo, también puede ayudar a personas que no han recibido la inyección a cruzar las fronteras sin someterse a grandes restricciones. Estos son los tres casos en los que se puede utilizar el documento:
- Si una persona ha sido vacunada. Para formar parte de este grupo, deben de haber pasado mínimo 14 días desde la segunda dosis de la vacuna, aunque también se puede recoger otra información.
-Si se presenta una prueba de diagnóstico negativa. En caso de que el turista no haya recibido la vacuna, debe presentar una prueba negativa PCR o similar, o, en su defecto, un test negativo de antígenos incluido en la lista común de la Comisión Europea, que puedes consultar en este enlace. Eso sí, para que sea válida, la prueba debe de haber sido expedida en las 48 horas anteriores a la llegada en el caso de algunos países, no más tarde.
- Si se puede demostrar haber pasado la enfermedad. Este hecho supone una novedad con respecto a lo que se pedía antes: en él, el turista puede demostrar que ha superado el coronavirus (en caso de haber dado positivo) con un documento, expedido por un servicio médico y recogido en el certificado COVID, que argumenta que han pasado más de 11 días desde el contagio. No obstante, su validez acaba pasados los 180 días desde el positivo (unos 6 meses).
Con respecto a la vacunación, el certificado COVID detalla si la persona en cuestión ha recibido la vacuna o no, el número de dosis que ha recibido y hasta el lote del fármaco que se ha empleado en su inmunización, entre otros datos.