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Esto es lo que se permite en la fase 2 de la desescalada

Apertura de guarderías y eliminación de las franjas horarias, son algunas de las medidas que se contemplan para esta fase.

Un camarero escancia sidra en una terraza de Asturias

El Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre la fase 2 del plan de desescalada contempla la flexibilizaciones de medidas en el ámbito social, como la circulación, la asistencia a velatorios y entierros o a los lugares de culto.

Estos son los puntos clave de esta fase en la que entran nuevos territorios a partir del 25 de mayo:

- Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

- Se eliminan las franjas horarias que existen hasta ahora y que diferencia por edades. Aunque se mantendrá una franja específica para las personas más vulnerables.

- Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

- Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 50% de su aforo.

- Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el 50% de su aforo, y en todo caso un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.

- Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido si se reduce al 40% el aforo total en los establecimientos y locales comerciales y si se establece un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

- Podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un 40% de su aforo.

- Se podrá permitir la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores. En este último caso, estas visitas se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente.

- Las residencias, edificios, centros e instalaciones, de naturaleza pública o privada, que tengan por objeto el alojamiento y prestación de servicios hosteleros y de restauración a personal científico, técnico e investigador de todos los ámbitos, y que hubieran detenido su actividad, podrán reanudar la misma.

- Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos.

- Bibliotecas: podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado, se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos de las bibliotecas destinados para el uso público de los ciudadanos, así como de catálogos de acceso público en línea, catálogos en fichas de la biblioteca o publicaciones electrónicas, se permitirá el préstamo interbibliotecario entre las bibliotecas ubicadas en alguna de las unidades territoriales previstas en el anexo y las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas.

- Podrá procederse a la reapertura al público de las salas de exposiciones.

- Podrá procederse a la reapertura al público de monumentos y otros equipamientos culturalessiempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado.

- Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.

- Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, dirigidos a una modalidad deportiva específica, de manera individual.

- Se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.

- Se podrá proceder a la apertura de las piscinas al aire libre o cubiertas para la realización de actividades deportivas.

- Se podrá proceder a la apertura al público de las piscinas recreativas, quedando permitido el acceso a las mismas por parte de cualquier persona. El aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación.

- Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferenciaspromovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de 50 asistentes.

Además de estas medidas referentes a la fase 2, se establecen dos modificaciones más. En las fases 0 y 1, los comercios con una superficie de 400 metros cuadrados o más podrán abrir si acotan ese espacio, eliminando la obligatoriedad de pedir cita previa en la fase 0. Además, en la fase 1 también se permitirá la caza y la pesca.

Consulta a continuación el BOE completo de la fase 2 publicado por el Ministerio de Sanidad este sábado, 16 de mayo: