El fiscal del Tribunal Supremo (TS) Álvaro Redondo ha emitido un informe donde se opone a que el alto tribunal investigue a Carles Puigdemont por terrorismo, contestando así a la exposición razonada que envió al TS el juez de la Audiencia Nacional que instruye 'Tsunami Democràtic', Manuel García Castellón, para que imputara al expresidente catalán por estos delitos.
Considera que no existen indicios de delito contra Carles Puigdemont y, por lo tanto, no debe ser imputado por la Sala Segunda del Alto Tribunal, informan a laSexta fuentes jurídicas. Defiende, además, que los hechos investigados en el caso Tsunami no constituyen delitos de terrorismo, sino que deben ser tipificados como desórdenes públicos agravados y daños.
Según el informe, al que ha accedido laSexta, la Fiscalía del Supremo considera que no hay delito de terrorismo en el bloqueo de El Prat porque los hechos no constituirían un delito de detención ilegal de los controladores, sino coacciones.
"En la exposición razonada se apunta al encierro de los controladores aéreos en la torre de control del aeropuerto de Barcelona, impidiéndoles la salida del edificio, así como al bloqueo de pasajeros en el propio aeropuerto, por el cierre de las salidas, como posibles actuaciones terroristas", señala el fiscal, que afirma que dichas actuaciones "sin duda afectan al derecho humano de libertad y a la integridad moral" pero "no pueden ser consideradas como constitutivas de una detención ilegal, sino en todo caso de un delito de coacciones".
"Siendo ello así, la condición de este último tipo penal como la propia de un delito menos grave, no permite su incardinación en el tipo de terrorismo, al exigir éste la comisión de un delito grave contra la libertad", indica en el informe.
De esta forma, Redondo coincide con el criterio del fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo. Discrepa de la valoración que realizó el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, en la que apreciaba delitos de terrorismo contra Carles Puigdemont, Marta Rovira y otras diez personas.
Además de ello, el fiscal señala que "los indicios tenidos en cuenta por el instructor, en orden a elevar la exposición razonada, resultan demasiado abiertos para poderse afirmar que concurre la situación procesal que permitiría, razonablemente, que el Tribunal Supremo asumiera la competencia".
En este sentido indica que "cuando se imputan acciones criminales a un grupo de personas y alguna de ellas tiene carácter de aforado, es exigible no sólo que se individualice la conducta concreta que respecto a este aforada pudiera ser constitutiva de delito, sino también que haya algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación".
Las mismas fuentes indican que la decisión no es definitiva ya que será sometida a la Junta de Fiscales de Sala de Lo Penal del Tribunal Supremo, que se reunirá el próximo martes. Redondo ha remitido ya su informe a sus compañeros de la Fiscalía de Sala para que lo estudien y el martes lo debatan.
Según fuentes fiscales consultadas por laSexta, Redondo llegó a trasladar al fiscal jefe de lo Penal en el Supremo, Fidel Cadena, un primer informe en el que sí defendía la existencia de indicios de delito de terrorismo contra Carles Puigdemont. Tras ese primer informe, el fiscal del TS presentó otro en un sentido contrario. Las mismas fuentes señalan que es habitual hacer borradores y que tienen que ser debatidos por la Junta de Fiscales, encargada de fijar el criterio definitivo.
Sin embargo, desde la Fiscalía General del Estado se desmiente rotundamente esa información y se apunta a que el único informe que se ha presentado es el que se debatirá en la Junta de Fiscales del martes.