La Fiscalía Superior de Cataluña va a dirigir su acusación contra los cargos de ERC Josep María José y Josep Lluís Salvadó por el delito de malversación agravada, según ha podido saber laSexta.
Una decisión que toma siguiendo el mismo criterio que la Fiscalía del Tribunal Supremo con los ya condenados y con los fugados. El delito de malversación agravada conlleva un castigo de entre 8 a 12 años de cárcel.
Así, el Tribunal Supremo decidía este lunes mantener la inhabilitación a Oriol Junqueras, por lo que el líder de Esquerra Republicana no se podrá presentar a unas elecciones hasta 2031. El alto tribunal revisaba las penas del 'procés' a la luz del nuevo Código Penal que elimina la sedición y condenaba al que fuera vicepresident de la Generalitat, así como a Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, por un delito de desobediencia en concurso con malversación agravada. Algo que confirma la inhabilitación absoluta para Junqueras y Bassa hasta 2031 y, en el caso de Romeva y Turull, hasta el año 2030.
Sin embargo, aún queda recorrido en los tribunales. La defensa del ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras planea presentar un incidente de nulidad contra la revisión de condena que ha hecho el Supremo, con miras a acudir después ante el Tribunal Constitucional. Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, mismo recorrido seguirán las defensas de los ex consejeros Raül Romeva y Turull y del ex presidente de ANC Jordi Sànchez, mientras que las del también ex consejero Josep Rull y del ex presidente de Omnium Cultural Jordi Cuixart aún estudian qué hacer.
Por otro lado, la defensa de la ex presidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell descarta combatir la revisión de pena por cuanto la suya a 12 años de inhabilitación ha quedado extinguida, una decisión que sopesa igualmente el ex consejero Joaquín Forn, de acuerdo con las referidas fuentes.
Para los que sí pelearán las nuevas penas, el primer paso será plantear un incidente de nulidad, algo que la ley concibe de forma excepcional para casos en los que se produzca "cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución", esto es, la tutela judicial efectiva, "siempre que no haya podido denunciarse antes de recaer resolución que ponga fin al proceso".
El incidente de nulidad se formula ante el mismo tribunal que dictó la resolución cuestionada, por lo que serán los magistrados que juzgaron y sentenciaron el 'procés', y que ahora han revisado las condenas, quienes lo estudien llegado el momento. Fuentes del alto tribunal subrayan que son raros los casos en los que el Supremo anula las actuaciones. No obstante, se trata de un trámite indispensable para que las defensas puedan presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que --de acuerdo con las citadas fuentes jurídicas-- es el objetivo último.