La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha informado al alto tribunal de que no hay delito de revelación de secretos en la actuación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la difusión de una nota de prensa sobre Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, en la que se desmentía un bulo difundido por su jefe de gabinete, Miguel Ángel Rodríguez.
En la causa se han acumulado las diligencias llevadas a cabo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) iniciadas a raíz de la querella de González Amador y el Colegio de Abogados de Madrid y las querellas presentadas directamente ante el Supremo por la fundación Foro Libertad Alternativa y Manos Limpias.
Hace unas semanas, el alto tribunal pidió a la Fiscalía que informase sobre si debía admitir a trámite la exposición razonada del TSJM contra el fiscal general por revelación de secretos y las otras denuncias y querellas por el mismo asunto. La pareja de la presidenta madrileña, investigado por fraude fiscaly falsedad documental, también pidió la imputación de García Ortizal Supremo.
González Amador se había querellado por revelación de secretos a raíz de un comunicado que la Fiscalía emitió hace meses -y por el que García Ortiz asumió la responsabilidad- para aclarar que no fue el Ministerio Público quien le ofreció un acuerdo de conformidad, sino el abogado del propio González Amador, que además reconocía los delitos fiscales.
Los datos de la nota de Fiscalía ya se habían publicado
El informe de la teniente fiscal del Supremo, que destaca que laSexta fue el primer medio en desmentir ese bulo difundido por el jefe de gabinete de Ayuso, ahora argumenta que no existió revelación de secretos porque los datos recogidos en el comunicado ya habían sido publicados en la prensa cuando la Fiscalía emitió la nota informativa.
"Todos los datos obrantes en la nota de prensa ya habían sido publicados por multitud de medios de comunicación", argumenta la fiscal, que asevera que "no se ajustan" a la realidad las afirmaciones del juez instructor del TSJM, "pues es rotundamente erróneo que la nota emitida por la Fiscalía 'excediese en su contenido a lo que aparece divulgado en la prensa'".
Descarta por tanto que la Fiscalía divulgase "datos e información que no pudiese ser revelada", pues "esos datos objetivos circulaban ya libremente por los medios de comunicación", con lo que el comunicado no pudo causar "ningún perjuicio a tercero o a un interés colectivo".
Además, el informe incide en que la nota del Ministerio Fiscal "se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados" y "ya revelados por los medios de información" el "bulo y los infundios" publicados por varios medios de comunicación y difundido también por el jefe del gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid.