El Gobierno ha declarado la zona catastrófica en Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Asturias, La Rioja, Navarra, Aragón y Andalucía por las consecuencias de la gran nevada que cayó en la semana de Reyes.
Esta declaración, llamada Zona Gravemente afectada por una Emergencia de Protección Civil, se ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros. En concreto, según ha podido saber laSexta, se ha aprobado la primera fase para declarar Madrid y otros territorios afectados como zona catastrófica.
La decisión llega tras varios rifirrafes entre Ayuntamiento y Comunidad de Madrid frente al Ejecutivo central, que instaba a evaluar primero los daños que se han producido y después tomar las decisionesque fueran necesarias.
Precisamente, el consistorio gobernado por José Luis Martínez-Almeida cifró en 1.398 millones de euros el coste de los daños ocasionados por el temporal. Una cifra que, según apuntó el alcalde, fue calculada "en función de daños a la actividad económica y también daños a infraestructuras y bienes al Ayuntamiento".
Si bien, Teresa Ribera, vicepresidenta de Transición Ecológica, ha reconocido que "las cifras del Ayuntamiento de Madrid parecen desviadas con respecto a otros efectos meteorológicos previos, como las Danas". "Nos parecen cifras muy alejadas", ha dicho.
Además, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ya ha advertido que esta declaración de zona catastrófica no lleva contempla ninguna cuantía determinada, sino que primero se tendrán que cuantificar los daños.
En este sentido, la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha indicado que "una vez se haya hecho la estimación de los daños, se hará una limitación del ámbito geográfico y las medidas que den lugar". Asimismo, ha destacado que se establecerán compensaciones en casos de fallecimiento o discapacidad, daños materiales y en establecimientos, entre otros.
Cada Ministerio, ha precisado Montero, tendrá competencia para declarar zonas de afectación teniendo en cuenta sus competencias. "Son organismos autónomos", ha añadido al respecto.
¿Qué medidas se pueden contemplar?
El Gobierno estudiará si se han producido daños personales y materiales que perturben las condiciones de vida de la población en un área determinada o si se han paralizado algunos o todos los servicios públicos de un área concreta determinada, según el artículo 23,2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Una vez lo compruebe, puede establecer ayudas directas a los ciudadanos por los daños en su vivienda habitual o en los enseres de primera necesidad o compensaciones a los Ayuntamientos y empresas por el gasto incurrido en hacer frente a la emergencia. También se pueden establecer líneas de préstamos del ICO preferentes para los afectados.
En cuanto a los beneficios fiscales, se puede eximir del pago del IBI o reducciones en los impuestos sobre Actividades Económicas. También se pueden establecer moratorias en el pago de cuotas a la Seguridad Social o también suspender contratos por causa de fuerza mayor.