El Gobierno interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra el Apartado 5 de la ley de gallega de Salud, que contempla la posibilidad de establecer la vacuna como obligatoria en algunos casos.
Así lo ha indicado la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, que define el texto aprobado por la Xunta como una propuesta que "establece medidas preventivas donde se ponen restricciones a los derechos fundamentales".
Concretamente, la ministra hace referencia a algunas de las normas de la Sanidad gallega, como "el control sobre personas enfermas", el internamiento en centros hospitalarios y, sobre todo, uno de sus apartados más polémicos: la posibilidad de obligar a la vacunación.
De este modo, Montero ha defendido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este tipo de derechos "solo se pueden recoger en una ley orgánica y solo pueden ser impulsados por el legislador estatal".
Se trata de un anuncio que ha cogido por sorpresa al Gobierno encabezado por Alberto Núñez Feijóo. En este sentido, el consejero de Sanidad de la Xunta, Julio García, ha criticado la forma en la que ha actuado el Ejecutivo central: "Nos sorprende que no se haya contactado con nosotros ni formal ni informalmente. Cuando hay discrepancias de este tipo, lo habitual es una llamada o poner en marcha como una comisión bilateral", ha espetado en otra rueda de prensa este martes.
Ante este movimiento, García ha insistido en que se trata de una ley "necesaria", que además debería derivar en una modificación legislativa de mayor escala: "Lo lógico sería que hubiera una modificación de la Ley Orgánica por parte del Estado, como se dijo en el mes de mayo. Pero como el tiempo pasó, y no se ha hecho, pues nosotros dimos el paso, para mejorar la seguridad jurídica de nuestras decisiones sanitarias", argumenta.
Así, el consejero insiste en su postura, y sentencia: "Creemos en la conveniencia de esta ley. Lo hacemos con la opinión de nuestros jurídicos y creemos que no va en contra de nada constitucional".
¿En qué consiste esta ley?
La ley contra la que el Gobierno interpone su recurso es, concretamente, la 8/21, encargada de modificar la ley de Salud autonómica. En ella, se recoge un nuevo marco de medidas para hacer frente al coronavirus, entre los que destacan múltiples sanciones por no llevar mascarilla, hacer botellón o, como ya advertía el texto, establecer como obligatoria la vacuna contra la enfermedad.
Con respecto a este último apartado, en el documento publicado por la Xunta, la no vacunación está catalogada dentro del apartado de "infracciones leves". Es decir, no ponerse la inyección, en la mayoría de los casos (y siempre que así lo consideren las autoridades sanitarias), implicará una sanción que va de los 1.000 a los 3.000 euros. Y se define de la siguiente manera: "Negativa injustificada a someterse a medidas preventivas, consistente en la vacunación o inmunización prescrita por las autoridades sanitarias, de acuerdo con establecido en esta ley".
Ahora bien, a pesar de que este apartado en la gran mayoría de casos está contemplado como leve, hay un punto en el que la sanción podría ser visiblemente mayor. Se trata de la sección de "infracciones graves", en la que se establece que la negativa a someterse a la inyección podría ser incluida "cuando puedan suponer un riesgo o un daño grave para la salud del población, siempre que no constituyan infracción muy grave". Es decir, bajo este supuesto, no vacunarse implicaría una multa de entre 3.001 y 60.000 euros.
Dudas sobre cuándo o cómo se aplicaría
Uno de los problemas de este texto reside en que en ningún momento se especifica qué tipo de acciones acarrearían esta sanción mayor. Si bien en el apartado de infracciones "muy graves" se puede leer que un sanitario que no se somete a cuarentena puede alcanzar una sanción muy alta, con respecto a la no vacunación las ideas no están tan claras. Aun así, no deja de suponer un precedente el simple hecho de que negarse a la inyección suponga cualquier tipo de reprimenda legal.
En este sentido, tal y como marcaba la ley hasta ahora, y como ha defendido el Ministerio de Sanidad en diversas ocasiones, la vacuna no debería ser obligatoria. Un hecho que ha llevado al Consejo de Ministros a aprobar dicho recurso que, según confirma Montero, será aplicado antes del próximo 26 de mayo y acarrearía la suspensión del apartado 6, en el que se recoge lo mencionado, durante un plazo de 5 meses. Pasado ese tiempo, se decidiría de forma definitiva si se ratifica o se levanta la suspensión.