Cinco años de mandato
El Gobierno aprueba la reforma que desvincula el mandato del fiscal general del Ejecutivo
Los detalles La reforma recoge que el Ejecutivo no podrá dar instrucciones al fiscal general sobre ningún asunto y las comunicaciones entre este y el Gobierno serán públicas y deberán realizarse por escrito.

Resumen IA supervisado
El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que establece un mandato de cinco años para el fiscal general del Estado, independiente del Gobierno. El Ejecutivo no podrá influir en sus decisiones, y las comunicaciones entre ambos serán públicas y escritas. Si el fiscal general cesa antes de tiempo, su sucesor solo completará el tiempo restante. Un informe del Consejo General del Poder Judicial será necesario para ceses por incumplimiento. La norma prohíbe que el Gobierno solicite actuaciones específicas al Ministerio Fiscal.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que establece que el mandato del fiscal general del Estado será de cinco años y ya no coincidirá con el del Gobierno. Además, el Ejecutivo no podrá dar instrucciones al fiscal general sobre ningún asunto y las comunicaciones entre este y el Gobierno serán públicas y deberán realizarse por escrito.
El anteproyecto busca adaptar la norma a la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). En él se contempla que si el fiscal general cesa antes de que se cumpla su mandato, el nuevo fiscal general tendrá un mandato que no excederá del tiempo que quedase al cesado para agotar esos cinco años.
Además, se introduce una garantía adicional en el cese del fiscal general por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones. Este solo podrá aplicarse con un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con el fin de que esta causa no ampare ceses discrecionales que anulen los efectos de la reforma.
Así, la norma prohíbe expresamente que el Gobierno central o los de las comunidades autónomas soliciten que el Ministerio Fiscal promueva cualquier tipo de actuación en procedimientos concretos. Además, el fiscal general no podrá ser llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros y las comunicaciones entre el fiscal general y el Gobierno deberán realizarse por escrito y serán publicadas y registradas.
El nuevo Estatuto atribuye al fiscal general el nombramiento, ascenso y sanciones de los principales fiscales. Además, para resolver las discrepancias, el Gobierno refuerza el papel de la Junta de Fiscales de Sala, que podrá imponer su criterio sobre el del fiscal general si este resulta apoyado por al menos las tres quintas partes de sus miembros.
El anteproyecto también contempla la regulación sobre las asociaciones de fiscales, que no podrán recibir financiación privada ni de gobiernos u organismos extranjeros y cuyo registro dependerá de la Fiscalía General del Estado. Existirá también un registro público de los fiscales encargados de preparar oposiciones, que dependerá de la Fiscalía y requerirá de autorización.