El Ministerio de Trabajo y Economía Social propone prorrogar automáticamente los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 31 de diciembre de este año y limitar los de fuerza mayor a empresas de una serie de actividades económicas especialmente afectadas y a negocios que dependan de estas, al tiempo que se mantendrá la prohibición de despedir tras los ERTE hasta final de año.
Así figura en el borrador presentado por Trabajo a los agentes sociales en el marco de la negociación para extender los ERTE más allá del 30 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press y en el que se recogen las propuestas del Gobierno para la prórroga y las prestaciones relativas a los ERTE, paragüas bajo el que se encuentran en torno a 700.000 trabajadores.
En concreto, establece que permanecerá vigente, hasta el 31 de diciembre de 2020, el artículo 2 del real decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo en el que el Ejecutivo fijó que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada "no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido".
Como consecuencia, quedaron vetados los despidos objetivos con una indemnización de 20 días por año trabajo debidos al Covid-19, pasando a considerarse despidos improcedentes, cuya indemnización alcanza los 33 días por año, o nulos.
A su vez, el borrador de Trabajo también extiende hasta el 31 de diciembre la interrupción del cómputo de los contratos temporales, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales afectadas por el Covid.
A su vez se amplía el derecho de adaptación y/o reducción de la jornada para el cuidado de menores, aparejado a reducción salarial, el conocido como 'Plan Me Cuida'.
Los detalles del borrador
Trabajo propone ampliar los ERTE hasta el 31 de diciembre de este año y que se consideren empresa especialmente afectadas por la pandemia aquellas cuya actividad se recoja en la norma, pendientes de concretar, así como aquellas cuyo negocio dependa en su mayoría de empresas incluidas en los mismos o que formen parte de la cadena de valor de estas.
En detalle, señala que se entenderá por empresas dependientes o integrantes de la cadena de valor, y por tanto podrán continuar con un ERTE de fuerza mayor, aquellas cuya facturación, durante el ano 2019, se haya generado, al menos, en un 50%, en operaciones realizadas de forma directa con empresas sí incluidas en ellos.
El planteamiento de Trabajo es un modelo de protección "diferencial", no sectorial, que pasa por mantener los llamados 'ERTE de rebrote' para todos los sectores y empresas afectados por un rebrote, en paralelo un incremento de la protección para los que más tiempo lleven en ERTE por la pandemia, como aquellos que lleven más de seis meses.
El documento de borrador entregado esta semana por Trabajo a los agentes sociales recoge el fin del contador a cero, una medida rechazada por la patronal y los sindicatos al suponer que las prestaciones que consuman los afectados por ERTE restarían para periodos futuros de paro.
"Cuando los trabajadores que, una vez finalizado el ERTE, accedan a una prestación contributiva por haber extinguido una relación laboral antes del 31 de diciembre del 2021, verán reducida la duración del nuevo derecho en tantos días como hayan percibido de prestación durante el ERTE desde el 1 de octubre", establece el borrador recogido por Europa Press.
Puede no llegar a todas las empresas
Por el contrario, el borrador no especifica los nuevos esquemas de bonificaciones ni el porcentaje sobre la base reguladora que mantendrán las prestaciones de los trabajadores afectados por un ERTE a partir de los 180 días, que con el esquema actual bajará del 70% al 50%, tratándose de una de las principales preocupaciones y reivindicaciones de los sindicatos ,que piden su mantenimiento.
Sí contempla una prestación extraordinaria por fin de campaña que se reconocerá a las personas con contrato fijo discontinuo que hayan estado afectadas, durante el último periodo teórico de llamamiento, por un ERTE y su abono por periodos mensuales y en idéntica cuantía que la prestación por desempleo que la persona afectada hubiera estado percibiendo durante el expediente de regulación temporal de empleo.
La duración de esta prestación extraordinaria se extenderá desde el fin de la afectación por el expediente referido, coincidente con el día de inicio del periodo de inactividad, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Desde la patronal explicaron que se trata de un documento que no garantiza que se vaya a dar cobertura a todas las empresas que lo necesitan, puesto que se reduce el marco de cobertura de las ayudas, plantea una primera sectorialización en esta nueva fase de extensión de los ERTE y no se garantiza la extensión hasta al menos el mes de abril, además de fijar que computen para el paro.
El reconocimiento de esta prestación exigirá la presentación por parte de la empresa de una solicitud colectiva de prestaciones extraordinarias por fin de campaña, que incluirá a todas las personas con contrato fijo discontinuo que dejen de estar afectadas por el expediente temporal de regulación de empleo.
Fuentes sindicales han señalado a Europa Press que ven "interesante" el documento, aunque han mostrado reticencias al borrador al no recoger "nada de lo planteado en Mallorca", cuando se constituyó el diálogo para prorrogar los ERTE, y por quitar además el contador a cero y la imposibilidad de despedir tras los ERTE.
El Ejecutivo volverá a reunirse con los agentes sociales este lunes para seguir negociando y tratar de cerrar un acuerdo esta misma semana.