La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo queno admita a trámite las más de 20 querellas interpuestas a lo largo del estado de alarma contra el Gobierno de Pedro Sánchezpor la gestión de la pandemia de coronavirus.
En su escrito, de más de 300 páginas, el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, aborda todas las querellas interpuestas de forma individualizada: no entra en consideraciones genéricas aunque si comparte argumentos entre varias.
Uno de esos argumentos genéricos señala que "los querellantes se limitan a manifestar su discrepancia con la actuación política desarrollada por los querellados, no aportando elemento objetivo alguno que permita conectar las situaciones de riesgo para los trabajadores y las muertes que se atribuyen a causa de la crisis sanitaria desatada por la enfermedad Covid-19".
Una de las querellas más mediáticas es la interpuesta por el partido de extrema derecha Vox, a la que tacha de "genérica" ya que "no aporta principio de prueba bastante para justificar otra decisión distinta a su archivo".
"En la querella no se determina ni cuándo se han producidos los hechos, ni quienes son los sujetos pasivos de los delitos atribuidos, ni cuántos y cuáles son los homicidios y lesiones imprudentes que se atribuyen a los querellados, en qué centros/s de trabajo se han producido la falta de medidas, los concretos incumplimientos que en cada uno de ellos se ha producido, ni quién/quiénes son los trabajadores afectados por el riesgo, ni cuál/cuáles son los equipos de protección personal que no se han proporcionado, lo cual hace no solo inviable y carente de toda lógica la investigación pretendida, sino que además se trataría de una investigación genérica proscrita en nuestro ordenamiento", señala la Fiscalía.
El Gobierno no estuvo poco ágil
El informe de la Fiscalía asegura sobre la querella de Vox que "no existen elemenos que permitan afirmar, ni tan siquiera indiciariamente, que el Gobierno se mostrara poco ágil o poco diligente a la hora de utilizar aquel instrumento jurídico (estado de alarma)".
"No existe dato alguno que permita concluir que los presupuestos jurídicos para la adopción de aquella excepcional medida concurrieran objetivamente con anterioridad a la tramitación de la declaración de estado de alarma por parte de los querellados", señala la Fiscalía.
No se pueden atribuir los muertos al Gobierno
El escrito también señala claramente que no se puede atribuir la responsabilidad de los muertos por coronavirus al Gobierno ya que "no se advierte, ni tan siquiera con arreglo a un criterio ex post facto, que los querellados pudieran haber infringido deber u obligación alguna".
Tampoco ve que el Gobierno haya omitido ninguna "actuación cuya implementación hubiera evitado o disminuido de un modo relevante los resultados lesivos finalmente acaecidos".
La OMS alertó el 11 de marzo
El escrito de la Fiscalía también señala que "no concurría dato o razón alguna que justifique afirmar, al margen de las conjeturas y elucubraciones en torno a las que los querellantes contruyen su reproche, que el Gobierno debiera haber decretado el estado de alarma con anterioridad al momento en que lo hizo".
Justifica este razonamiento asegurando que "ninguna de las Administraciones cuyo territorio se enontraba ya entonces afectado por el brote de Covid-19 hubiera instado al Gobierno, con anterioridad al 14 de marzo de 2020, a declarar el estado de alarma a finde combatir los contagios".
Además, también señala que "hasta el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud no elevó a la categoría de pandemia el brote de coronavirus".
Ahora, corresponde a la Sala de lo Penal del Supremo decidir si sigue el criterio de la Fiscalía y rechaza las querellas o, en cambio, inicia una investigación respecto de ellas. Mientras tanto, la Fiscalía elabora el otro informe pendiente de remitir al alto tribunal, sobre la treintena de denuncias contra el Ejecutivo. A continuación puedes consultar el informe completo de la Fiscalía del Tribunal Supremo.