Después de un intenso debate y con posturas divergentes, el Tribunal Constitucional acordó finalmente, y por unanimidad, suspender cautelarmente las resoluciones del President del Parlament por las que se proponía la investidura de Carles Puigdemont y se convocaba el pleno para el próximo martes día 30.
Sin admitir a trámite el recurso del Gobierno, suspende "cualquier sesión de investidura que no sea presencial y que no cumpla una serie de condiciones: "No podrá celebrarse el debate y la votación de investidura del diputado don Carles Puigdemont [...] a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario".
Tampoco, sin la autorización del juez Llarena aunque Puigdemont comparezca personalmente en la Cámara porque sigue vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión. Tampoco el resto de diputados huidos en Bruselas podrán delegar el voto en otros parlamentarios.
Según recoge el auto, esta resolución se notificará tanto al presidente del Parlament como a los miembros de la mesa. En caso de incumplir esta suspensión, todos ellos podrían incurrir en eventuales responsabilidades, incluida la penal.
Con este auto, el Tribunal Constitucional aplaza su decisión sobre la admisión o no a trámite del recurso presentado por el Gobierno. Por eso admite que, antes de tomar una decisión, los diputados de Junts Per Catalunya, incluido el propio Puigdemont, puedan defender sus derechos e intereses legítimos. Para ello da, a todas las partes, un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que consideren convenientes.
Las posturas que dividían a los magistrados hicieron que el consenso tardara en llegar. De hecho, el ponente de la resolución sobre el recurso del Gobierno, Juan Antonio Xiol, defendió no admitir esa impugnación formulada por el Ejecutivo. El auto ya está publicado en el BOE y, por tanto, ya está en vigor.