Una reforma de la ley de enjuiciamiento, ¿oportunista o necesaria? Es el debate que han abierto distintas asociaciones de juristas. Entre los puntos más criticados, el de ese cambio lingüístico con el que los imputados se convertirán en 'investigados' o 'encausados'.

"La terminología habitual en la conciencia general se ha identificado la imputación con una especie de preculpabilidad", ha explicado el ministro de Justicia, Rafael Catalá. Pero ¿es suficiente con cambiar una palabra? Para un gran número de asociaciones de juristas, no.

"Dentro de unos años, 'investigado' estará tan manido también que habrá que cambiar la denominación", ha explicado Alonso Álvarez, de la Asociación Jueces de Francisco de Vitoria. "Lo que hay que hacer no es cambiar el término imputado por investigado, sino especialmente dotar de recursos la persecución de los delitos de persecución", afirmaba Joaquim Bosch, de Jueces para la Democracia.

Pero hay otro punto polémico, el de los nuevos plazos de instrucción. Se establecen seis meses de máximo en causas ordinarias y 18 en causas complejas, con el fin de acelerar los procesos. Pero lejos de mejorar las cosas, esto podría entorpecer y limitar las investigaciones.

"Lo que a ocurrir realmente son cierren en falso de las instrucciones, investigaciones que no estén bien acabadas y, a su vez, que se pueda generar impunidad y que muchos delitos por corrupción queden sin castigo", añade Joaquim Bosch.

Aunque esos seis o 18 meses pueden ser prorrogados, y aquí viene otra cuestión rechaza por la mayoría de juristas. El fiscal será el único que pueda solicitar la prórroga o el cierre del sumario. Pongamos un ejemplo hipotético, en el caso Nóos. Si el fiscal Horrach no decidiese pedir una prórroga, al juez Castro no le quedaría más remedio que cerrar la instrucción al terminar el plazo, tal y como estuviese la investigación.