La juez del caso Mediador era partidaria de enviar a prisión al exdiputado del PSOE Juan Bernardo Fuentes Curbelo al considerar que existe riesgo de que destruya pruebas o comprometa la instrucción con su amplia red de influencias, pero no ha podido acordar esa medida porque la única acusación personada, la Fiscalía, no la pidió. Así se recoge en el auto por el que autoriza a Fuentes Curbelo a salir de su juzgado en libertad, pero imputado en cargos de cohecho, falsedad, blanqueo y pertenencia a grupo criminal organizado.
En concreto, la juez María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres ha visibilizado su malestar con el hecho de que la Fiscalía no haya pedido prisión para Fuentes Curbelo y haya tenido que dejarle en libertad porque no hay otra acusación; esto es, ha permitido que así sea "por imperativo legal" y "en discordancia absoluta" con la Fiscalía. La instructora ha recordado que está pendiente de hacer "un estudio exhaustivo de los múltiples dispositivos", efectos y documentos requisados a los detenidos en los diferentes registros que ha ordenado.
Un trabajo que cree que puede verse "afectado" al quedar en libertad el exdiputado socialista, "ante el potencial de sus relaciones personales". Por ello, subraya que, en contra de lo que sostiene el Ministerio Fiscal, "sí existe peligro de destrucción de fuentes de prueba", dada la "posición en las islas" de Juan Bernardo Fuentes Curbelo, miembro de una de las familias más influyentes del PSOE en Fuerteventura, "su vinculación con la política y este entorno desde el año 1994, sus distintos cargos políticos y sus amplias relaciones". La juez entiende que todas esas circunstancias "aconsejaban su ingreso en prisión y no su puesta en libertad, al menos en la fase actual de este procedimiento".
La razón: Lorenzo-Cáceres teme que la investigación "pueda verse frustrada con la medida de libertad solicitada y que por imperativo legal (ella) no puede dejar de acordar". Una de las normas fundamentales que rigen el proceso penal en España es el "principio acusatorio", que implica que un procesado no puede ser condenado por aquellos delitos de los que no se le acusa (por más que un juez observe indicios suficientes para hacerlo). En este caso, determina que no se puede tomar una medida restrictiva de derechos si ninguna de las partes personadas en la causa lo pide.
Hasta la fecha, el Ministerio Fiscal ejerce la única acusación personada en esta supuesta trama de extorsión a empresarios del sector de la ganadería y la alimentación a cambio de evitar inspecciones o de agilizar o desbloquear ayudas. De los trece detenidos en el caso, solo ha ingresado en prisión el general retirado de la Guardia Civil Francisco Espinosa, que se enfrenta a cargos similares a los que pesan sobre Juan Bernardo Fuentes Curbelo. Fuentes Curbelo desempeñó el cargo de director general de Ganadería del Gobierno de Canarias al principio de esta legislatura. Cuando abandonó esa función para ocupar un escaño en el Congreso por la provincia de Las Palmas, le sustituyó en el cargo su sobrino Taishet Fuentes, también detenido e imputado en este caso.